JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUERTO MONTT

BELIZAIRE/ALIMENTOS MULTIEXPORT S.A.

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la demandante de estos autos en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt de fecha 15 de mayo de 2024, mediante la cual

Fallo

se resuelve declarar la caducidad de la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta con fecha 03 de mayo de 2024, sosteniéndose que la misma se encuentra dentro de los plazos establecidos por la ley, debiéndose por tanto revocar la resolución en alzada, dándole curso a ella mediante la dictación de las resoluciones que en derecho correspondan. Segundo: Que el 168 del Código del Trabajo establece, en lo pertinente a las reglas sobre caducidad de la interposición de acciones de despido injustificado, lo siguiente “El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la separación, a fin de que éste así lo declare. (…) El plazo contemplado en el inciso primero se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva. Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección. No obstante lo anterior, en ningún caso podrá recurrirse al tribunal transcurridos noventa días hábiles desde la separación del trabajador.” Tercero: Que en base a los hechos constatados en esta causa, y del propio tenor de lo señalado por la demandante en su acción, la

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Puerto Montt, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la demandante de estos autos en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt de fecha 15 de mayo de 2024, mediante la cual se resuelve declarar la caducidad de la acción de despido injustificado y

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