2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

CEA/GÓMEZ

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, y de la cuenta dada por el relator, teniendo presente que para una mayor claridad de los puntos de prueba, y para evitar confundir las calidades de las partes en este incidente, en relación a la causa principal por indemnización de perjuicios, y sin perjuicio de considerarse que la legitimidad activa para presentar este incidente será una cuestión de fondo que se resolverá a posterioridad, una vez rendida la prueba por las partes; se revoca la resolución del veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado de Letras de Puerto Montt y en su lugar se establecen los siguientes hechos a probar: “1.- Efectividad de que los abogados Sydney D´Arcangeli Bintrup, y Manuel Paillanao Díaz prestaron servicios de asesoría legal a doña Jeimy Lee Cea Asenjo. En su caso, naturaleza de los mismos, monto y forma de la remuneración. 2.- Efectividad de que los abogados Sydney D´Arcangeli Bintrup, y Manuel Paillanao Díaz cumplieron a cabalidad con los servicios ofrecidos. 3.- Efectividad de que doña Jeimy Lee Cea Asenjo pagó los honorarios pactados.” Devuélvase. Rol Civil N°898-2024

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes, y de la cuenta dada por el relator, teniendo presente que para una mayor claridad de los puntos de prueba, y para evitar confundir las calidades de las partes en este incidente, en relación a la causa principal por indemnización de perjuicios, y sin perjuicio de considerarse que la legitimidad activa

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