2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

DELGADO/GREULICH

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Sube en alzada resolución dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt de fecha 15 de junio de 2023, mediante la cual se rechazó entorpecimiento alegado por la recurrente respecto de notificaciones para audiencia de designación de perito y de prueba testimonial, sosteniéndose para ello la falta de antecedentes que sustenten dicha petición, en conjunto con el plazo en el cual se alega lo anterior, solicitando en definitiva su revocación por parte de esta Corte y que se acoja dicha incidencia, por los argumentos vertidos en el recurso respectivo. Segundo: De los antecedentes que consta en el expediente de esta causa, se logra apreciar que con fecha 13 de junio de 2023, la parte recurrente alegó un entorpecimiento en el sentido de no haber podido notificar las resoluciones de folio 109 y 125 que fijaba prueba testimonial y audiencia de designación de peritos, respectivamente, por la negativa de los receptores contactados para efectuar aquellas diligencias. Luego, y sin perjuicio de que en el escrito en que se funda dicha solicitud no se acompañaron antecedentes que justificaran dicha solicitud, aquellos si constan en la presentación de fecha 22 de junio de 2023, donde constan correos electrónicos enviados a diversos receptores que negaban la posibilidad de efectuar dichas diligencias, no constando respuestas del resto. Tercero: Así las cosas, estos sentenciadores estiman suficientemente fundado la solicitud de entorpecimiento en cuestión, máxime si las solicitudes de prueba fueron efectuadas dentro de plazo y conforme las reglas establecidas por la ley para ello, razón por la cual se acogerán las alegaciones vertidas al respecto tal como se indicará a continuación. Por tanto, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la decisión en alzada de fecha quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, declarándose en su lugar que se acog

Fallo

Por tanto, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la decisión en alzada de fecha quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, declarándose en su lugar que se acoge el entorpecimiento de folio 136, debiendo fijarse, en consecuencia, un término especial de prueba mediante la indicación de nuevas fechas para las diligencias probatorias decretadas a folios 109 y 125, a través de las resoluciones que en derecho correspondan. Redacción a cargo del Ministro Jaime Vicente Meza Sáez. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N°771-2023.

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Puerto Montt, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro Vistos: Primero: Sube en alzada resolución dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt de fecha 15 de junio de 2023, mediante la cual se rechazó entorpecimiento alegado por la recurrente respecto de notificaciones para audiencia de designación de perito y de prueba testimonial, sosteniéndose para ello la falta de antecedentes que s

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