20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MOENA/SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LOJA III SPA

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-14525-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-14525-2024.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio Nº3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admi

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