4 LIFE SEGUROS DE VIDA S.A./DIRECCION GENERAL DE AGUAS (JURIDICA) - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Francisco Echeverría Ellsworth, abogado, en representación de 4 Life Seguros de Vida S.A., interponiendo reclamación en contra de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3622, de fecha 12 de diciembre de 2023, dictada por la Dirección General de Aguas, que rechazó el recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de fecha 29 de diciembre de 2022, que fijó el listado de los derechos de aprovechamiento afectos al pago de patente por no uso de las aguas en el periodo correspondiente al año 2023, actuación que considera ilegal, por lo que solicita dejar sin efecto la resolución reclamada. Funda su acción señalando que su representada es dueña de un derecho de aprovechamiento consuntivo, de aguas superficiales y corrientes del río Maipo, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 100 litros por segundo, en la comuna y provincia de San Antonio, región de Valparaíso, adquirido por tradición mediante compraventa a Euroamérica Seguros de Vida S.A., según inscripción de fojas 31 vuelta, número 38, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2019. Indica que por Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciembre de 2022, se fijó el listado de derechos afectos al pago de patente por no uso para el proceso 2023, figurando bajo el numeral 10.587 Euroamérica Seguros de Vida S.A. como titular del derecho antes singularizado, sujeto al pago de 1.280 UTM. Frente a ello, dentro de plazo, su representada interpuso recurso de reconsideración para que dicho numeral fuese eliminado, toda vez que cuenta con las obras necesarias para el ejercicio del derecho. Puntualiza que se ha visto imposibilitada de ejercer el derecho en el punto de captación en que efectivamente debe extraer las aguas para su proyecto agrícola, producto de la demora injustificable de la DGA en resolver una solicitud de traslado del ejercicio ingresada el 31 de julio
Fundamentos
considerando las dilaciones. Si se sobrepasa dicho período, el cobro debe suspenderse. Sin embargo, cobrar la patente por todo el lapso en que se tramita la solicitud es desproporcionado e injusto, y desvirtúa el sentido de la institución, pudiendo incluso derivar en la extinción del derecho por la sola falta de servicio de la DGA.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3622, de fecha 12 de diciembre de 2023. Asimismo, en un otrosí, pide se decrete orden de no innovar a fin de suspender el proceso de cobro judicial de patentes por no uso del año 2023 al numeral 10.587. Segundo: Que evacuando el informe solicitado, la recurrida Dirección General de Aguas solicita el rechazo del recurso de reclamación, por las siguientes razones: a) El recurso de reclamación del artículo 137 del Código de Aguas es un recurso de revisión de legalidad del acto administrativo, que no constituye una segunda instancia para reclamar los aspectos técnicos de la resolución, que son de atribución exclusiva de la DGA; b) Las exenciones al pago de patente por no uso son de derecho estricto y están taxativamente enumeradas en el Código de Aguas, no cumpliéndose ninguna de ellas en este caso; c) La solicitud de traslado del punto de captación pendiente de resolución constituye sólo una mera expectativa que no exime del pago de la patente por no uso mientras no sea aprobada por un acto administrativo; y d) La recurrente no cuenta con las obras habilitadas para captar la totalidad del caudal constituido en el punto autorizado, según se comprobó en terreno, por lo que objetivamente no está utilizando las aguas. Funda su informe sosteniendo que por Resolución DGA N° 3847 de 29 de diciembre de 2022, se fijó el listado de derechos afectos a pago de
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Francisco Echeverría Ellsworth, abogado, en representación de 4 Life Seguros de Vida S.A., interponiendo reclamación en contra de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3622, de fecha 12 de diciembre de 2023, dictada por la Dirección General de Aguas, que rechazó el recurso de reconsideración i
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica