RIOS VALENZUELA CON KOVACS SPA
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2024
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene además presente: 1) Que, conforme emana de los antecedentes de la causa, la problemática denunciada por la actora tuvo su génesis en un error de transcripción en la factura de venta del vehículo, marca Chevrolet, modelo Sparks, lo que generó que en una segunda revisión técnica del vehículo le fuese rechaza la misma. 2) Que, según aparece igualmente de autos, la demandada efectuó las gestiones necesarias para corregir el problema denunciado, emitiendo al efecto una nota de crédito y un certificado del fabricante del vehículo (General Motors), solicitando el 25 de noviembre del año 2022 la correspondiente subinscripción al Servicio de Registro Civil, diligencias que fueron reconocidas por la actora. 3) Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, es posible determinar que, si bien existió un error generado por la demandada, se advierte igualmente que esa parte efectuó las diligencias que estaban a su alcance para corregir el error original, circunstancias que deben tenerse en consideración, pues corresponden a elementos de juicio, que apreciados conforme a las reglas de la san critica, permiten aminorar la responsabilidad que le cupo en los hechos que se atribuyen. 4) Que, conforme a lo anteriormente referido, el monto de la sanción, así como la suma concedida por daño moral serán rebajadas prudencialmente en los términos que se dirá, teniendo presente respecto de este último rubro que efectivamente, tal como lo señaló el tribunal, el actuar de la demandada generó una información errada que motivó a que fuere rechazada su revisión técnica, que en definitiva impidiera tener la documentación del vehículo adquirida al día. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia que rola a fojas 73 y siguientes, dictada con fecha veintidós de septiembre de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Policía Local de San Fernando, en causa RO
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia que rola a fojas 73 y siguientes, dictada con fecha veintidós de septiembre de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Policía Local de San Fernando, en causa ROL 10.713-22 BE, con declaración que se rebaja la multa infraccional aplicada a la cantidad de treinta unidades tributarias mensuales y la suma concedida por daño moral a la cantidad de un millón de pesos ($1.000.000), cantidades que se pagarán con los intereses y reajustes en la forma ordenada por el tribunal. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 182-2023 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene además presente: 1) Que, conforme emana de los antecedentes de la causa, la problemática denunciada por la actora tuvo su génesis en un error de transcripción en la factura de venta del vehículo, marca Chevrolet, modelo Sparks, lo que generó que en una segunda revisión t
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