DÍAZ/COMUNIDAD EDIFICIO HUASCAR 1400 PROVIDENCIA
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparecen Camila Haybeth Sepúlveda Constanzo y Alfredo Hernán Díaz Díaz, quienes interponen recurso de protección en contra de Comunidad Edificio Huáscar 1400, por el acto que consideran ilegal y arbitrario consistente en el rechazo infundado respecto a la solicitud de asignación en uso y goce de un estacionamiento para discapacitados, vulnerando las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho a la vida e integridad física y psíquica, y derecho de propiedad. Exponen que son una pareja de convivientes, ambos en situación de discapacidad. Afirman que la señora Sepúlveda padece una discapacidad física y movilidad reducida por una malformación congénita en su pierna derecha, agravada por una amputación transtibial de dicha extremidad ocurrida hace más de un año, debiendo usar prótesis removible de por vida, y por su parte, el señor Díaz, por su parte, padece un trastorno del sistema autónomo denominado disautonomía, que le produce baja frecuencia cardiaca, pudiendo incluso haber pausas o asistolia y síndrome de taquicardia ortostática postural. Indican que viven, además, con la hija del señor Díaz, de 16 años, quien también padece disautonomía. Relatan que el 20 de marzo de 2024 visitaron el inmueble donde actualmente residen, quedando conformes con el departamento por su amplitud y cercanía al Hospital del Salvador, lugar de trabajo de la señora Sepúlveda. El departamento incluía un estacionamiento en el piso -2 del edificio, el cual es muy estrecho y no permite la apertura completa de las puertas del vehículo. Sin embargo, constataron que el condominio cuenta con 3 amplios estacionamientos de discapacitados, no asignados a ningún residente. Ante esto, decidieron arrendar el inmueble a partir de abril de 2024. Señalan que el 2 de abril, al revisar la entrega del departamento, se estacionaron en uno de los estacionamientos de discapacitados, siendo increpados por el conserje de turno, quien cuestionó su derecho a
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta por Camila Haybeth Sepúlveda Constanzo y Alfredo Hernán Díaz Díaz, en contra de la Comunidad Edificio Huáscar 1400. Regístrese y, oportunamente, archívese. Protección Rol N°13688-2024.-
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparecen Camila Haybeth Sepúlveda Constanzo y Alfredo Hernán Díaz Díaz, quienes interponen recurso de protección en contra de Comunidad Edificio Huáscar 1400, por el acto que consideran ilegal y arbitrario consistente en el rechazo infundado respecto a la solicitud de asignación en uso y
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