VALENZUELA/RÍOS - (ACUM. IC N°1157-2023 INCIDENTE, 6797-2024 Y 7668-2024) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2024
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
REVOCA, OMITE Y CONFIRMA
Hechos
Vistos: I.- En relación al ingreso N° 10352-2022. Que la parte demandada, Banco de Chile, tuvo motivo plausible para litigar en las dilatorias opuestas a la demanda, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa en virtud de lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código antes mencionado, se revoca, en lo apelado, la resolución dictada el treinta de junio de dos mil veintidós, por el 21° Juzgado Civil de Santiago, sólo en cuanto condenó en costas al Banco de Chile y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. II.- En cuanto al ingreso N° 1157-2023. El mérito de los antecedentes y atendido lo resuelto con fecha diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, aparece que el presente recurso perdió oportunidad. Por lo anterior, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución apelada dictada el veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, por el 21° Juzgado Civil de Santiago. III.- Y, los N°s 6797-2024 y 7668-2024. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, por el 21° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°10352-2022 Civil (Acumulados N°s 1157-2023, 6797-2024 y 7668-2024 Civil).
Fallo
se declara que se le exime de dicha carga. II.- En cuanto al ingreso N° 1157-2023. El mérito de los antecedentes y atendido lo resuelto con fecha diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, aparece que el presente recurso perdió oportunidad. Por lo anterior, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución apelada dictada el veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, por el 21° Juzgado Civil de Santiago. III.- Y, los N°s 6797-2024 y 7668-2024. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, por el 21° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°10352-2022 Civil (Acumulados N°s 1157-2023, 6797-2024 y 7668-2024 Civil).
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Eduardo Achu por y en contra de los recursos. Santiago, 9 de septiembre de 2024. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°30: Téngase presente. Vistos: I.- En relación al ingreso N° 10352-2022. Que la parte demandada, Banco de Chile, tuvo motivo plausible para litigar e
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