SIN INFORMACION

ROMERO/JUZGADO DE FAMILIA DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 don Gabriel Patricio Romero Gutiérrez interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de San Antonio, por haber ordenado su inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, lo que perturba su libertad personal. Expone que en dicho tribunal se tramitan dos causas de cumplimiento de alimentos, RIT Z-672-2024 y Z-1263-2023, refiriendo que la resolución que ordenó su inscripción en el registro ha sido dictada con infracción a las normas constitucionales, por lo que solicita se deje sin efecto la referida inscripción. A folio 5 informa el juez titular del Juzgado de Familia de San Antonio, Danilo Andueza Quezada, exponiendo que en causa RIT M-857-2017, el recurrente se obligó a pagar alimentos en favor de su hija equivalentes a un 71% de un ingreso mínimo remuneracional. Sostiene que en octubre de dos mil veintitrés, se ordenó continuar la tramitación de la causa en el RIT Z-1263-2023 y que por resolución de tres de junio de dos mil veinticuatro, se ordenó aperturar una causa de cumplimiento en favor de la madre para el cobro de la deuda de arrastre hasta el mes de octubre de 2023, dado que a partir del mes de noviembre de 2023, corresponde a la hija percibir y cobrar las pensiones devengadas. Indica que en ambas causas las liquidaciones que se han practicado se encuentran firmes, sin perjuicio que, al advertirse un error en la liquidación que fundó la orden de inscribir al recurrente en el registro nacional de deudores, se dejó sin efecto hasta que se aclaren los montos adeudados por la unidad de liquidaciones. A folio 6 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, consta que en mediación celebrada en diciembre de 2017, el recurrente se obligó a pagar alimentos en favor de su hija, cuyo acuerdo fue aprobado por resolución de veinte de diciembre de dos mil diecisiete, en los autos RIT M-857-2017, del Juzgado de Familia de San Antonio. El cumplimiento de dichos alimentos se sigue en el RIT Z-1263-2023, ante el mismo tribunal. Por resolución de tres de junio del año en curso, dictada en la causa en que se aprobaron los alimentos, es decir, RIT M-857-2017, se ordenó aperturar una nueva causa de cumplimiento, para el cobro de la deuda de alimentos hasta el mes de octubre del año 2023, lo que dio origen a los autos RIT Z-672-2024. En esta última causa, mediante resolución de dos de septiembre del año en curso, se ordenó la inscripción del alimentante en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, al constatarse un total de 10 períodos impagos. Mediante resolución de cinco de septiembre pasado, se dejó sin efecto la orden de incorporación al registro al constatar que el monto de la deuda no coincide con el monto liquidado. Segundo: Que, conforme al mérito de los antecedentes, no se advierte ilegalidad en la resolución dictada, al haberse adoptado la decisión que se impugna por un tribunal competente, en la esfera de sus atribuciones, y de acuerdo al procedimiento establecido en la ley. Tercero: Que, asimismo, conforme al mérito de lo obrado en los autos RIT Z-672-2024, por resolución de cinco de septiembre pasado se dejó sin efecto la orden de inscripción del recurrente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, de manera que en la actualidad no subsiste el acto denunciado, por lo que el presente recurso será desestimado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por don Gabriel Patricio Romero Gutiérrez en contra del Juzgado de Familia de San Antonio. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1780-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 don Gabriel Patricio Romero Gutiérrez interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de San Antonio, por haber ordenado su inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, lo que perturba su libertad personal. Expone que en dicho tribunal se tramitan dos causa

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