ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2024
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que, si bien el tribunal a quo se declaró incompetente para conocer la denuncia de violencia intrafamiliar, lo solicitado por el recurrente se limita a una aclaración, rectificación o enmienda de una de las medidas cautelares decretadas, cual es, la prohibición de acercamiento a la denunciante, para lo cual mantiene su competencia de conformidad a lo dispuesto por el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto no se pide una modificación del fondo de la misma. 2.- Que si bien, la resolución impugnada establece un radio de 500 metros para la medida de prohibición de acercamiento, lo cierto es que ello no...
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1.- Que, si bien el tribunal a quo se declaró incompetente para conocer la denuncia de violencia intrafamiliar, lo solicitado por el recurrente se limita a una aclaración, rectificación o enmienda de una de las medidas cautelares decretadas, cual es, la prohibición de acercamiento a la denunciante, para lo cual
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