JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

FISCALIA C/ BENJAMIN ALEX CARRASCO JAINA

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Lo expuesto por los intervinientes, compartiendo los argumentos del juez a quo, y teniendo además presente que con el relato de las víctimas y el hecho de encontrarse especies provenientes del delito en poder de los imputados en tiempo inmediato a aquel, permiten sostener que existen presunciones fundadas de participación en el delito materia de la formalización, robo con intimidación atendida la acción de exhibir arma para causar temor y asegurar el éxito del delito, y que, si bien el imputado respecto de quien se apela no tiene antecedentes previos, de todas formas arriesga una pena de crimen, lo que sumado al actuar en grupo o pandilla y a la gravedad del hecho, llevan a concluir que en su libertad existe un peligro para la seguridad de la sociedad que justifica la cautelar decretada, sin compartir eso sí que tenga peligro específico para la víctima al no existir elementos objetivos para arribar a tal conclusión. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva del imputado BENJAMIN ALEX CARRASCO JAIÑA. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 1296-2024 (penal) 2 1

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva del imputado BENJAMIN ALEX CARRASCO JAIÑA. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 1296-2024 (penal) 2 1

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a siete de septiembre de dos mil veinticuatro, la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y la Ministro Suplente Ingrid Castillo Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia para conocer del recurso de apelación deducido por el abogado defensor penal púbico don Felipe Palma Valero, en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica