SIN INFORMACION

COLINA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

10 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de Dulce Virginia Colina Prieto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de residencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Que, el Servicio Nacional de Migraciones evacúa el informe solicitado y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de residencia definitiva presentada por la recurrente. Segundo: Que, el Servicio recurrido informa que el presente recurso de protección ha perdido oportunidad, toda vez que dicho órgano administrativo ha resuelto la petición de la actora a través de la Resolución Exenta N° 24402035 de fecha 23 de agosto de 2024, de la referida autoridad, en cuya virtud rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país, acto administrativo que acompaña a su presentación. Tercero: Que, como se puede apreciar, el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que la recurrida ha dado cuenta del pronunciamiento acerca de lo solicitado por la actora, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha desaparecido, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Dulce Virginia Colina Prieto contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-5541-2024. En Valparaíso, diez de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de Dulce Virginia Colina Prieto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de residencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad

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