JUZGADO DE GARANTIA DE COYHAIQUE

MINISTERIO PUBLICO C/ ERICK CRISTOBAL ROJO RAIPILLAN

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se han conocido; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado,

Fundamentos

considerando que la medida que se mantuvo a su respecto, aparece como proporcionada, y apreciando que su libertad resulta ser un peligro para la seguridad de la sociedad en razón de haber sido condenado con anterioridad por delito de la misma especie, agregado a ello las características del hecho, circunstancias y forma de su comisión; y, conforme lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 144 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha treinta de agosto de dos mil veinticuatro, por la cual se ordenó mantener la prisión preventiva del imputado Erick Cristóbal Rojo Raipillán. Comuníquese y devuélvase. Rol N°342-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a seis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se han conocido; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado, considerando que la medida que se mantuvo

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