GUSTAVO MOREIRA PALACIOS Y OTRO / FALABELLA RETAIL S.A.
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2024
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente que la parte demandada se notificó tácitamente de las acciones intentadas, desde que compareció, oponiendo excepciones, contestando e incorporando prueba al procedimiento, sin objetar acerca de la oportunidad de dicha notificación tácita, con lo que convalidó lo obrado en la causa; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se revoca la resolución apelada de once de septiembre de dos mil veintitrés, dictada a fojas 274 de los autos rol N°287.337-5 del Segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto y, en su lugar, se declara que el juez a quo deberá emitir pronunciamiento respecto del fondo del asunto sometido a su decisión. Devuélvase. N° 451-2023 Policía Local
Fallo
se declara que el juez a quo deberá emitir pronunciamiento respecto del fondo del asunto sometido a su decisión. Devuélvase. N° 451-2023 Policía Local
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que se anunció y alegó confirmando la abogada Estefanía Delgado Jiménez. En San Miguel, a 6 de septiembre de 2024, Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, a seis de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°14: téngase presente. Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente que la parte demandada se notificó tácitamente de las acciones intentadas, desd
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