SIN INFORMACION

JUAN TORRES LOZANO POR DON DANIEL VALENZUELA SANHUEZA CON JUEZ TERCER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUERTO MONTT

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1º) Que comparece el abogado Juan Torres Lozano, abogado, mandatario convencional de Daniel Valenzuela Sanhueza, en autos infraccionales ley de tránsito e indemnización de perjuicios, cuaderno principal, causa Rol 29472-2023 seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Puerto Montt, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 10 de noviembre de 2023, dictada por el Juzgado referido, que no dio lugar al recurso de apelación interpuesto por ser improcedente en contra de la resolución de 19 de octubre de 2023, la cual estuvo por modificar la demanda civil de autos a petición del actor. Indica que la demanda de indemnización de perjuicios originalmente presentada con fecha 17 de agosto de 2023, establecía un quantum de la acción ascendente a la suma de $2.680.000. Aquella demanda fue notificada a los demandados de juicio, el actor promovió con fecha 12 de septiembre de 2023 medida precautoria respecto de bienes del recurrente, solicitud que fue acogida por el tribunal. Refiere que con fecha 14 de octubre de 2023 presentó recurso de reposición respecto de la resolución que accedió a la medida cautelar solicitada, fundado este recurso en la desproporción existente entre aquello demandado $2.680.000 y el valor del bien precautoriado el cual excede los $ 100.000.000, a lo cual el tribunal dispuso la sustitución, liberando el inmueble de su representado y en su lugar situó el automóvil de propiedad de aquel. Luego, relata que el 19 de octubre de 2023, el actor presentó un escrito solicitando modificar la demanda de indemnización de perjuicios, pasando de demandar originalmente la suma de $2.680.000, ahora la suma de $9.301.345. No obstante encontrarse trabada la litis en el presente juicio por todo aquello debatido con motivo de la medida precautoria, el tribunal a quo con fecha 19 de octubre de 2023 accedió a la modificación de la demanda en los términos expuestos. Por lo tanto, con fecha 26 de octubre, interpuso recurso de reposición y apelación subsi

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y 203 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 32 de la Ley Nº18.287, se rechaza, sin costas, el recurso de hecho deducido a Folio Nº1 por el abogado Juan Torres Lozano. Redacción a cargo del Abogado Integrante Mauricio Cárdenas García. Regístrese y comuníquese. Rol Policía Local Nº232-2023 (hecho).-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, seis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1º) Que comparece el abogado Juan Torres Lozano, abogado, mandatario convencional de Daniel Valenzuela Sanhueza, en autos infraccionales ley de tránsito e indemnización de perjuicios, cuaderno principal, causa Rol 29472-2023 seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Puerto Montt, quien deduce recurso de hecho en contra de la resoluci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica