JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

MP. COQBO. C/ RAUL ALFONSO GUERRA HENRIQUEZ

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2024

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo particularmente presente que, en este estadio procesal, los elementos de convicción allegados permiten establecer la concurrencia de los presupuestos materiales de la medida cautelar impuesta y

Fundamentos

considerando además, en lo referente a la necesidad de cautela, que los criterios peligrosistas contemplados en el artículo 140 del Código Procesal Penal se satisfacen con lo razonado por el tribunal a quo, y teniendo además especialmente presente que la violencia ejercida por el imputado en contra de su ex pareja no solo es peligrosa para la ofendida, sino que también para la sociedad, por cuanto es deber de estado erradicar todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas, tanto si estas se producen en la vida pública como en la privada al constituir un grave problema de salud pública y una evidente violación a los derechos humanos de quien la sufre lo que ocurre en la especie por cuanto el Ministerio Publico investiga aproximadamente ocho denuncias en contra del imputado por delitos de la misma naturaleza, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta de agosto de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva del imputado Raúl Alfonso Guerra Henríquez, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Natalia Ferrada Retamal. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1385-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de septiembre de dos mil veinticuatro. Siendo las 11:12 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro suplente señor Cristián Álvarez Mercado e integrada por la Ministra suplente señor Roxana Camus Argaluza y la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la def

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