YONATHAN VAZQUEZ ERBITI Y OTRO CONTRA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA MINISTERIO DEL INTERIOR
Rol
136120-2022
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel en el Ingreso de Corte N° 672-2022. Se previene que el Ministro Sr. Brito concurre a la confirmatoria teniendo únicamente presente que de los antecedentes reunidos no derivan hechos que comprometan la libertad o la seguridad individual. Se previene que el Ministro Sr. Llanos concurre a la decisión de confirmar la sentencia apelada y rechazar la acción constitucional, teniendo para ello presente, como un nuevo elemento de juicio, que es un hecho público y notorio – ampliamente difundidos en medios de comunicación social, especialmente en entrevistas al Director del Servicio Nacional de Migraciones- la situación en que se encuentra el mencionado servicio, pues su capacidad para dar respuestas a las solicitudes efectuadas por los ciudadanos extranjeros está ampliamente sobrepasada, en atención al gran número de peticiones que actualmente se encuentran en tramitación, por lo que resulta imposible pronunciarse en los plazos establecidos en la Ley N° 19.880; y que, por otro lado, al encontrarse en tramitación las solicitudes de residencia de los amparados ante el servicio recurrido, aquellos gozan de residencia temporal que permite –entre otros derechos- su libertad ambulatoria, salir y regresar del territorio nacional, obtener cédula de identidad y RUN, y realizar actividades remuneradas (Arts. 37, 38 inciso 2°, 43 y 73 de la Ley N° 21.325, de migración y extranjería), por lo que tampoco se advierte vulneración a su seguridad individual. Regístrese y devuélvase. N° 136.120-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel en el Ingreso de Corte N° 672-2022. Se previene que el Ministro Sr. Brito concurre a la confirmatoria teniendo únicamente presente que de los antecedentes reunidos no derivan hechos que comprometan la libertad o
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