C.A. de Concepción

VICTOR ADELINO LLANQUILEO PILQUIMAN CONTRA DIRECCION REGIONAL DE GENDARMERIA DE CHILE. REGION DEL BIO BIO

Rol

136116-2022

Fecha

3 de noviembre de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente 1° Que en estos autos se ha impugnado por los recurrentes, la Resolución Exenta Regional N°2252, de 22 de septiembre de 2022, dictada por el Director Regional de Gendarmería, Región del Bío Bio, que ordenó el traslado del amparado desde el CET de Cañete al CDP de Arauco. 2° Que el fundamento del traslado del amparado se funda en el parte 79 de 18 de septiembre, que da cuenta que ese día a las 19:45 Víctor Llanquileo habría amenazado al funcionario de gendarmería Sargento 1° Wilson Moya; por otra parte el fundamento de la resolución que ordena el traslado dada como fundamento el hecho que Víctor Llanquileo se encontraba en estado de ebriedad, junto a haber encontrado en su cabaña diferentes tipos de licores. 3° Así las cosas es evidente la contradicción entre ambos supuesto fácticos invocados tanto en el parte como en la resolución exenta, de lo que se deriva la falta de motivación del acto impugnado al no encontrar su correlato en los hechos, en efecto la motivación del acto administrativo, por mandato de los principios constitucionales y legales de publicidad y transparencia, implica la exposición clara y concreta de los

Fundamentos

motivos del acto administrativo 4° La motivación del acto administrativo, entendido como una resolución fundada, implica un examen riguroso de las razones que motivan el mismo; lo que lleva, en consecuencia, siempre a analizar concretamente las razones esgrimidas por la Administración; la motivación debe incluir una relación circunstanciada de los fundamentos de la decisión, indispensables para evaluar su razonabilidad y proporcionalidad, cuestión que en la especie no acontece. En efecto, el control de razonabilidad de la decisión importa que el acto administrativo en que se funda debe basarse en motivos que deben explicitarse (más allá de una mera cita de normas y hechos) mediante una relación circunstanciada de los fundamentos de la decisión de manera que se acredite la racionalidad intrínseca, es decir, coherencia con los hechos determinantes y con el fin público que ha de perseguirse Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamenta, se revoca la sentencia apelada de veintidós de octubre dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en el Ingreso Corte N° 454-2022, y en su lugar

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor Víctor Adelino Llanquileo Pilquiman, y, consecuencialmente, que se deja sin efecto el Resolución Exenta N° 2252/2022 de fecha 2 de septiembre de 2022, que ordenó el traslado del interno, debiendo consecuentemente retornar al CET de Cañete. Regístrese y devuélvase. Rol N° 136.116-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. A los escritos folios 186437 y 186674: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente 1° Que en estos autos se ha impugnado por los recurrentes, la Resolución Exenta Regional N°2252, de 22 de septiembre de 2022, dictada por el Director Regional de Gendarmería, Región del Bío Bio, que ordenó el traslado del amparado desde el CET de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica