1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

MALDONADO / HEIBOER

Rol

114662-2022

Fecha

3 de noviembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento sobre declaración de quiebra seguido ante el 1°Juzgado de Letras de Temuco bajo el Rol C-106.308-2002, caratulado “Maldonado/Heiboer”, el síndico de quiebras recurre de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la sentencia de primer grado de veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno que, a su vez, acogió la objeción a la liquidación, revocándola sólo en cuanto por ella se ordenaba incorporar intereses a los montos ordenados restituir, disponiendo, en su lugar, negar lugar a tal aumento. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia como tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Anuar Gabriel Mahjluf Issa en representación del síndico de quiebras, contra la sentencia de catorce de julio del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 114.662-2022

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Anuar Gabriel Mahjluf Issa en representación del síndico de quiebras, contra la sentencia de catorce de julio del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 114.662-2022

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento sobre declaración de quiebra seguido ante el 1°Juzgado de Letras de Temuco bajo el Rol C-106.308-2002, caratulado “Maldonado/Heiboer”, el síndico de quiebras recurre de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la sentencia de primer grado d

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