INTERFACTOR S.A. / MUNICIPALIDAD DE MELIPILLA. ACUMULADO INGRESO DE CORTE N°30-2024 CIVIL
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que en cuanto al recurso de apelación interpuesto por la I. Municipalidad de Melipilla, cabe tener presente que con fecha 2 de noviembre pasado dicho municipio consignó el monto adeudado en autos luego de haberse expedido el respectivo decreto de pago N° 5640 de 31 de octubre de 2023. Segundo: Que es un hecho público y notorio que el proceso de pago de los municipios importa diversos trámites previos que deben ser cumplidos por tales entidades, lo que desde luego implica una dificultad para cumplir oportunamente lo ordenado, por lo que se dejará sin efecto la multa impuesta. Tercero: Que en cuanto a la apelación del ejecutante, cabe considerar que la tasación de las costas procesales no puede quedar entregada al arbitrio de los receptores judiciales al estampar un precio por sus actuaciones muy superior al establecido en el Decreto Exento N°593 del Ministerio de Justicia de 1998, vigente al momento de la tasación. Y de conformidad al mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- Se revoca la resolución de seis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el 1º Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos ROL C-854-2023, que impuso una multa de 1 UTM a la ejecutada y se le exime de dicha carga. II.- Se confirma la resolución de once de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el 1º Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos ROL C-854-2023, que rechazó la objeción de las costas procesales. Devuélvase. N° 2153-2023-Civil
Fallo
se declara que: I.- Se revoca la resolución de seis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el 1º Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos ROL C-854-2023, que impuso una multa de 1 UTM a la ejecutada y se le exime de dicha carga. II.- Se confirma la resolución de once de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el 1º Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos ROL C-854-2023, que rechazó la objeción de las costas procesales. Devuélvase. N° 2153-2023-Civil
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, revocando el abogado Miguel Ángel Caro Vidal. San Miguel, 05 de septiembre de 2024. Pablo Burchard Maureira, relator. San Miguel, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio 22: Téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que en cuanto al recurso de apelación interpuesto por la I. Municipalidad de Melipilla, cabe
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