JUZGADO DE LETRAS DE DIEGO DE ALMAGRO

SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL Y COMERCIALIZADORA SPA/CLINICA SAN LORENZO LIMITADA (ISAPRE SAN LORENZO)

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2024

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación, en el fundamento quinto, del texto que inicia con “Este último hecho,” y hasta el punto (.) con que concluye el párrafo. Se tiene, además, presente: Que conforme a lo razonado en el fundamento sexto de la sentencia que se revisa, en que se tiene por acreditado el cumplimiento de la obligación contraída por la parte demandante, debe desestimarse la excepción de contrato no cumplido, esgrimida por Clínica San Lorenzo Limitada, pues en parte alguna de la propuesta aceptada por la demandada se indica que las 13 personas comprometidas para la prestación del servicio debían todas estar presentes en el recinto el día en que se inició el mismo, siendo lógico que lo estuvieran al momento de efectuar el relevo, lo que en definitiva no aconteció por razones ajenas a la demandante. Y atendido mérito de los antecedentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada, dictada con fecha veintiocho de septiembre de dos mil veintidós, por la jueza (i) del Juzgado de Letras de Diego de Almagro, doña Diana Marín Castañeda. Regístrese y devuélvase N°Civil-224-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación, en el fundamento quinto, del texto que inicia con “Este último hecho,” y hasta el punto (.) con que concluye el párrafo. Se tiene, además, presente: Que conforme a lo razonado en el fundamento sexto de la sentencia que se revisa, en que se tiene por acreditado el c

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