ELYSEE/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece, Emmanuel Bien-Aime, abogado, e interpone acción de protección en favor de Esaqui Aelysee, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, Policía de Investigaciones y la Subsecretaría del Interior por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización, lo que, a su juicio, vulnera la garantía constitucional contenida en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurrente presentó con fecha 17 de enero de 2022 su solicitud de nacionalidad, no obstante, habiendo transcurrido 27 meses desde ello, no ha obtenido respuesta final en torno a conceder o denegar la carta de nacionalización. Expone que el actuar de las recurridas supone una omisión de carácter permanente por lo que la acción resulta oportuna. Indica que la ausencia de pronunciamiento transgrede el plazo previsto por el artículo 27 de la Ley 19.880 y que no resulta posible argüir fuerza mayor o caso fortuito, toda vez que no existe ninguna formalización de dicha necesidad, mucho menos por un acto administrativo fundado. Así las cosas, indica que existe arbitrariedad e ilegalidad por parte de las recurridas y pide que se ordene a dichos organismos que emitan el pronunciamiento que en Derecho corresponda respecto de la solicitud de nacionalización presentada ante ella por mi representado en un plazo no superior a 60 días corridos o el que vuestra señoría estime conforme al mérito de autos y en general adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, todo lo anterior con expresa condena en costas SEGUNDO: Que, a folio 7, evacua informe la Subsecretaría del Interior. Indica que no existe de parte de dicha repartición acto u omisión arbitraria o ilegal, pues luego de revisar detalladamente el Sistema de Información y Gestión Electrónica, no consta de alguna so
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Esaqui Aelysee, dirigido en contra del Servicio Nacional de Migraciones, Policía de Investigaciones y la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-12519-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece, Emmanuel Bien-Aime, abogado, e interpone acción de protección en favor de Esaqui Aelysee, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, Policía de Investigaciones y la Subsecretaría del Interior por haber incurrido en una omisión arbitraria e i
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