HASBÚN/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Compareció Marianella Paola Hasbún Castillo, e interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez y la Superintendencia de Seguridad Social, debido a que rechazaron sin justificación el pago de una la licencia médica, conculcando con su actuar ilegal y arbitrario las garantías fundamentales previstas en los numerales 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que mediante Resolución Exenta Nº R-01-UME-88973-2024, la Superintendencia de Seguridad Social confirmó el rechazo del pago de la Licencia Médica N°98508176-K, extendida por un total de 15 días, a contar del 5 de febrero de 2024, por contemplar un supuesto reposo injustificado. Indica que en el mes de noviembre de 2023, presentó un grave cuadro de inestabilidad emocional, el cual arrastraba desde hace mucho tiempo, posteriormente fue diagnosticada por el médico psiquiatra Carlos Muñoz Orellana, con un cuadro depresivo reactivo, con sintomatología depresiva asociada, dando inicio de manera urgente a un tratamiento con medicamentos del tipo benzodiacepinas y un antidepresivo dual, prescribiéndole un reposo equivalente a 21 días, desde el 31 de diciembre de 2023 al 20 de enero de 2024. Además, el médico indicó la necesidad de complementar el tratamiento de carácter psiquiátrico con uno de carácter psicológico. El 6 de enero de 2024, acudió a la primera consulta de psicoterapia con la psicóloga Paula Ketterer, quien desde esa oportunidad acompaña su proceso de recuperación. El 14 de enero de 2024, acudió al primer control médico, y tras una evaluación, el médico psiquiatra determinó la necesidad de extender la forma especial de reposo de licencia médica, por un período de 15 días, desde el 21 de enero de 2024, hasta el 4 de febrero de 2024. El 3 de febrero de 2024, nuevamente le fe extendido el reposo médico con una tercera licencia médica, a partir del 5 de febrero de 2024 hasta el 19 de febrero de 2
Fundamentos
considerando suficiente el reposo aprobado de 45 días, previo al rechazo de la última de sus licencias otorgadas por patologías psiquiátricas y además, debido a que el médico tratante que expide la licencia rechazada no aporta en su Informe del 12 de febrero de 2024, causas médicas que justifiquen prolongar el reposo a la recurrente. Agrega que para adoptar su resolución, previamente la COMPIN dispuso un peritaje psiquiátrico, encomendando su realización a la Dra. María José Araya Inostroza, médico psiquiatra; quien el 4 de febrero de 2024 y luego de entrevistar a la recurrente y analizar sus antecedentes personales relevantes, antecedentes mórbidos, factores estresantes, anamnesis y examen mental, concluyó que “amerita solo el reposo indicado, sin prolongación”. En consecuencia, la Contraloría Médica procedió a rechazar la licencia médica N° 98508176-K, emitida por 15 días desde el 5 de febrero de 2024, por no existir causa médica que justifique el reposo. Indica que posteriormente la recurrente recurrió a la Superintendencia de Seguridad Social, Organismo que dispuso lo siguiente: “Que esta Superintendencia estudió los antecedentes y con su mérito concluyó que el reposo prescrito por la licencia médica N° 98508176-d, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que los informes emitidos por los tratantes, no exponen elementos psicopatológicos de gravedad que requieran la extensión del reposo. Más aún, no se detalla la evolución de los síntomas y la limitación funcional a lo largo de todo el reposo, con los ajustes terapéuticos realizados, con sus fechas y resultados obtenidos, por lo que no es posible apreciar la justificación del periodo de reposo reclamado. Sumado a lo anterior, la reclamante no acredita derivación a programa de salud mental en sistema público para manejo integral por equipo multidisciplinario dada garantía GES, ni tampoco la realización de proceso psicoterapéutico intensivo, dando cuenta acerca del número de sesiones psicoterapéuticas efectuadas y el detalle de las medidas psicoterapéuticas”. Agrega que la recurrente presentó el 12 de febrero de 2024 ante la COMPIN, un informe de su médico tratante, el cual carece de evolución de psicopatología y ajuste farmacológico y no aporta elementos clínicos suficientes para justificar la emisión de la licencia médica reclamada 98508176-d y en consecuencia, no se autorizó la citada licencia, inicialmente por médico contralor y luego por la Comisión competente, integrada por 3 médicos. Asimismo, la recurrente, afiliada a FONASA, no fue derivada a programa de salud mental en sistema público, para manejo integral por un equipo multidisciplinario, contando con garantía GES; así como tampoco informa la realización de proceso psicoterapéutico intensivo y/o detalle de medidas psicoterapéuticas; todo lo cual considerando las conclusiones del peritaje psiquiátrico, avalan el rechazo de la licencia médica en comento; el cual fue ratificado por SUSESO. Indica que en su accionar se
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara: Que SE RECHAZA, el recurso de protección interpuesto por Marianella Paola Hasbún Castillo. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 256-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
Arica, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Compareció Marianella Paola Hasbún Castillo, e interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez y la Superintendencia de Seguridad Social, debido a que rechazaron sin justificación el pago de una la licencia médica, conculcando con su actuar ilegal y arbitrario las
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica