FUENTES/SUPERINTENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que, los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, pues lo impugnado en definitiva corresponde a la Resolución Exenta N°R-01-ISESAT- 1229354-2024 de fecha primero de agosto de dos mil veinticuatro, que establece que la patología que padece la recurrente es de origen común y no laboral o profesional. Por tanto, finalmente se cuestiona un pronunciamiento técnico, lo que supone propiciar la revisión de exámenes y dictámenes médicos, objetivos que se contraponen con la naturaleza cautelar de la acción de protección, condiciones en las que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el Nº 2° del Auto Acordado respectivo, por lo que no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-18825-2024.(vdcd)
Fallo
Por tanto, finalmente se cuestiona un pronunciamiento técnico, lo que supone propiciar la revisión de exámenes y dictámenes médicos, objetivos que se contraponen con la naturaleza cautelar de la acción de protección, condiciones en las que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el Nº 2° del Auto Acordado respectivo, por lo que no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-18825-2024.(vdcd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago vvdc Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica