SIN INFORMACION

CARRANZA CARRANZA, MARÍA ANGÉLICA DEL CARMEN/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y Teniendo Presente: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica de Segunda Instancia de La Serena, y deduce recurso de protección en favor de María Angélica Carranza Carranza, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada por Pamela Gana Cornejo. Sostiene que la Superintendencia de Seguridad Social, mediante la Resolución Exenta N°R-01-DFS-107084-2024 de fecha 7 de julio de 2024, rechazó solicitud de reconsideración del dictamen N°R-01-S-38095-2024, de fecha 08 de marzo de 2024, el que a su vez había confirmado lo resuelto por la COMPIN REGIÓN DE COQUIMBO, manteniendo el rechazo de la licencia médica N°17301285-3, extendida por un total de 60 días a contar del 08 de febrero de 2024, por reposo no justificado. Asimismo, en la misma resolución señalada de fecha 07 de julio, la recurrida se pronuncia respecto del reclamo deducido por doña María Carranza respecto de la resolución de la misma COMPIN, que en su momento confirmó el rechazo de la licencia médica N°17794696-6, extendida también por un total de 60 días, por la misma causal de rechazo, esto es, reposo no justificado. Señala que doña María Angélica Carranza Carranza, de 66 años, trabajaba como jornal en diversas empresas de la zona. En noviembre de 2022, debido a múltiples síntomas, comenzó a otorgársele licencias médicas sucesivas tras ser diagnosticada con dos hernias lumbares izquierdas. Ante los intensos dolores que padecía, en enero de 2023 se le realizó un bloqueo facetario, procedimiento que lamentablemente no tuvo éxito, lo que llevó a una intervención quirúrgica de urgencia en el Hospital de Coquimbo en marzo de 2023. La recuperación de la Sra. Carranza ha sido lenta y más prolongada de lo esperado, requiriendo tratamientos adicionales, como una infiltración en la zona afectada, para intentar acelerar su proceso de mejora y recuperar su capacid

Fundamentos

fundamentos de la resolución: mujer de 66 años, con más de 440 días con dg de lumbociática; reclama 120 días a contar del 08/02/2024; operada de hnp en marzo 2023, presenta informe de ncx que indica dg de ciatalgia por disfunción sacroilíaca, de manejo médico, derivada a unidad del dolor; presenta informe de kine que no indica adecuadamente las fechas de sesiones; sin pronóstico, no acredita leq para infiltración. se mantiene rechazo por falta de antec” (SIC). Señala que, en consecuencia, analizados los antecedentes disponibles, en ese momento, los profesionales médicos de esa Superintendencia no lograron formarse convicción respecto de la procedencia de la justificación del reposo prescrito en las licencias médicas reclamadas, más allá del periodo de reposo ya autorizado, emitiéndose por su representada la resolución ya señalada precedentemente.

Fallo

Por lo expuesto, solicita que se ordene a la recurrida dejar sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-DFS-107084-2024, de 7 de julio de 2024, que rechazó la solicitud de reconsideración de su representada respecto del Dictamen R-01S-38095-2024, manteniendo el rechazo de la licencia médica N° 17301285-3, y que también rechazó el reclamo de doña María Angélica, confirmando el rechazo de la licencia médica N° 17794696-6 y, en su lugar, se acoja tanto la reconsideración como el reclamo, autorizando las licencias médicas referidas, y subsidiariamente, solicita que se ordene a la recurrida realizar todos los exámenes y evaluaciones médicas necesarias para determinar la existencia de la incapacidad laboral temporal que motivó el reposo prescrito por las licencias médicas, y que, con base en los resultados, proceda al pago de éstas en un plazo de 30 días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de que, de no cumplir lo ordenado dentro del plazo indicado, deberá la recurrida proceder a autorizar y disponer el pago de las licencias indicadas, de plano y sin más trámite. Solicita tener por acompañados los siguientes documentos: Resolución Exenta N° R-01-DFS-107084-2024, Informes Médicos del Dr. Klaus Heider Rojas (de fechas 8 de febrero, 4 de abril y 6 de junio de 2024), Informe Policlínico del Hospital San Pablo de Coquimbo de 25 de julio de 2023, Informe del Kinesiólogo Aníbal Sanhueza del CESFAM Rural Pan de Azúcar de 4 de agosto de 2023, y Certificado de Subsidio de Incapacidad

Texto Completo (Preview)

Carranza Carranza, María Angélica Superintendencia de Seguridad Social Recurso de Protección Rol N°1342-2024 La Serena, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto y Teniendo Presente: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica de Segunda Instancia de La Serena, y ded

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