SIN INFORMACION

OBANDO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Hamiltong Obando Valencia, empleado, de nacionalidad colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta Resolución Exenta N°28826 de fecha 07 de agosto de 2024 mediante la cual se rechaza solicitud de visa de residencia temporal, se dispone orden de abandono del país en un plazo de 15 días, y se decreta prohibición de ingreso al territorio nacional por 5 años, de manera ilegal y arbitraria, constituyendo dicha resolución una vulneración a su derecho a la libertad personal. Expresa que ingresó al país en calidad de turista, modificando luego su condición migratoria a residente por visa sujeta a contrato, y luego de su vencimiento, con fecha 4 de marzo de 2022 solicitó una visa de residencia temporal, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Posteriormente, fue notificado de la Resolución Exenta N°44905 de fecha 29 de septiembre de 2023, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se rechazó la solicitud del permiso residencia temporal, y se dispuso orden de abandono del país en un plazo de 5 días y se decretó prohibición de ingreso por 14 años, por considerar que no cumple con los requisitos que la habilitan para residir en el país, al registrar antecedentes negativos en Chile, específicamente una condena por el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad, así como también una formalización por el delito de lesiones menos graves. Reconoce haber sido condenado con fecha 25 de octubre de 2021 por el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad, en causa RIT 850-2021 del Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, a las penas de 41 días de presidio en su grado máximo, accesorias legales, multa y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 2 años, con pena sustitutiva de remisión condicional del procedimiento, quedando sujeto por el periodo de 1 año al control de Gendarmerí

Fundamentos

motivos que se argumentan en su decisión inicial, incurriendo en una nueva arbitrariedad. Señala que cuenta con arraigo social en el país, contando con contrato de trabajo indefinido como maestro de obras civiles en sector de construcción, además de vínculos familiares con su hermana de nacionalidad chilena y que reside en este país hace más de 5 años con un núcleo familiar, laboral y social establecido. Pide por su recurso se ordene dejar sin efecto la Resolución Exenta Nº28826 de fecha 7 de agosto de 2024y se realice una nueva revisión documental, y que decida conforme a derecho la solicitud de residencia temporal realizada. A folio 8, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones. Indica que con fecha 4 de marzo de 2022, el actor solicita permiso de residencia temporal, la cual mediante Resolución Exenta N°44905, de fecha 29 de septiembre de 2023, se rechazó y dispuso su abandono del país en el plazo de 5 días y prohibición de ingreso de la persona extranjera al territorio nacional por un plazo de 14 años, por no cumplir con los requisitos que le habilitan para residir en el país, ya que registra antecedentes negativos en Chile, específicamente condena por conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sentenciado el 25.10.21 a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 2 años, en causa RUC 2100691675-6, RIT 850-2021 del Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, y formalización en su contra por delito de lesiones menos graves, en causa RUC 2000473540-5, RIT 527-2020 del Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, demostrando una conducta que vulnera bienes jurídicos e interés protegidos por el Estado al presentar antecedentes negativos en Chile. Refiere que el recurrente por esta razón con fecha 2 de mayo de 2024, interpone recurso de Amparo en contra de la Resolución anteriormente individualizada, el cual acogió el recurso interpuesto por el recurrente, dejando sin efecto el acto administrativo impugnado, lo que fue confirmado con fecha 30 de mayo de 2024 por la Excelentísima Corte Suprema. Expresa que dando cumplimiento al

Fallo

fallo dictado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso y confirmado por la Excelentísima Corte Suprema, el servicio procedió a realizar un nuevo análisis de la solicitud de residencia temporal efectuada por el recurrente y evaluados los antecedentes acompañados concluyó que la persona extranjera no cumple con los requisitos que le habiliten residir en el país, por presentar antecedentes penales en Chile, por tanto, no es posible otorgar la solicitud de residencia solicitada, toda vez que a la fecha de este acto la persona extranjera registra antecedentes negativos como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, conforme a lo dispuesto en el artículo 88 inciso final, con relación al artículo 33 N°2 de la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería. Argumenta que de esta forma, mediante Resolución Exenta N°28826 de fecha 07 de agosto de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones se rechazó la solicitud de residencia temporal del recurrente, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días, con la prohibición de ingreso de la persona extranjera al territorio nacional por un plazo de 5 años. En cuanto a la causal de rechazo indica que el artículo 88 N° 2 de la Ley 21.325 dispone la situación de rechazo de residencia respecto de quienes se encuentren en algunas de las prohibiciones del artículo 32 numeral sexto de la misma ley, por lo que no ha incurrido en ilegalidad alguna. A folio 8, se ordenó traer los autos en relació

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Hamiltong Obando Valencia, empleado, de nacionalidad colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta Resolución Exenta N°28826 de fecha 07 de agosto de 2024 mediante la cual se rechaza solicitud de visa de r

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