SIN INFORMACION

YENIFER CAROLINA GARCIA PUCHE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Yenifer Carolina Garcia Puche, de nacionalidad Venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 23488810 de fecha 12 de agosto del año 2024, que no da lugar a la solicitud de residencia temporal y le otorga el plazo de 30 días para abandonar el país, lo que constituye una vulneración a su libertad personal. En cuanto a los hechos, señala que ingresó a Chile el 17 de abril del año 2019 radicándose desde su llegada en la V Región con miras de conseguir una mejor vida, pero desde el año 2020 comenzó a presentar diversas complicaciones de salud que le impidieron trabajar, sin embargo, igualmente realizó actividades comunitarias, cooperativas para mujeres migrantes emprendedoras y ha diseñado talleres para mejorar el entorno y apoyar a la comunidad migrante. Relata que el mes de septiembre del año 2022, presentó su solicitud de Visa Temporal por

Fundamentos

motivos de tratamiento médico N° 54233470, por cuanto presentaba problemas de salud que la imposibilitaban de seguir laborando. Agrega que luego de 9 meses, el día 5 de junio de 2023 el Servicio le ordenó subsanar su solicitud requiriéndole los siguientes documentos: (i) Hoja de Identificación del documento identificación; (ii) Comprobante de pago; (iii) Resolución de la Sanción: (iv) Certificado de antecedentes penales del país de origen apostillado; (v) Otros documentos médicos; y; (vi) Acreditar sustento económico, sin embargo, nunca tomó conocimiento de esta resolución ni de la de Previo Rechazo, por cuanto la persona que la asistió en la solicitud colocó un correo electrónico errado, señalando yenifergarcia1346@gmail.com en circunstancias que su correo es: yenifergarcia1376@gmail.com. Expresa que en el mes de marzo del año en curso, luego de revisar por casualidad su historial de trámites en la página del SERMIG, envió al Director Nacional del SERMIG un escrito a través de correos de Chile, bajo la modalidad de carta certificada, por el cual solicitaba actualización de su expediente, especialmente de su dirección de correo electrónico, y acompañaba los antecedentes requeridos por el Servicio. Señala que no obstante haber cumplido con lo solicitado, el 12 de agosto de 2024, de forma sorpresiva fue notificada de la Resolución Exenta N°24388810, a través de la cual se rechazó la solicitud de residencia temporal y se ordenó su abandono del país en el plazo de 30 días, lo que constituye una sanción desproporcionada y vulnera su derecho al debido proceso administrativo Pide por su recurso dejar sin efecto la Resolución Exenta N°23488810 de fecha 12 de agosto del año 2024 y; que se ordene al Servicio Nacional de Migración revisar la documentación presentada por la hoy amparada en un lapso de 60 días hábiles y de esta forma se le permita complementar su solicitud de Visa Temporal N°54233470. A folio 8, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones. Indica que la persona extranjera Yenifer Carolina García Puche, de nacionalidad venezolana, con fecha 30 de septiembre de 2022 ingresó mediante la plataforma “Simple” una solicitud de Residencia Temporal dentro de Chile, bajo la Subcategoría Migratoria de Permiso para Extranjeros que se Encuentren Bajo Tratamientos Médicos. Agrega que mediante Comunicación Electrónica N° 39967461 de fecha 5 de junio de 2023 se le informó a la actora que para dar continuidad a su solicitud de residencia, debía acompañar diversa documentación bajo el apercibimiento que, de no presentarla en un plazo máximo de 60 días a contar de esta fecha, su solicitud podría ser rechazada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 88 N°1 de la Ley de Migración y Extranjería. Sostiene que no habiendo acompañado la documentación solicitada, con fecha 13 de noviembre de 2023, mediante Comunicación Electrónica N° 49202781 se le informó que su solicitud sería rechazada en atención a lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley de

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo en favor de Yenifer Carolina Garcia Puche, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1736-2024. En Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Yenifer Carolina Garcia Puche, de nacionalidad Venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 23488810 de fecha 12 de agosto del año 2024, que no da lugar a la solicitud de residencia temporal y le otor

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