SIN INFORMACION

MENDOZA JARA CRISTOPHER ANDRES / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Karen Andrea Godoy Schmied, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone recurso de amparo en favor de Cristopher Andrés Mendoza Jara, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de fecha 26 de abril de 2024, mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado, ello sin ajustarse a la normativa vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito de porte de arma prohibida y porte ilegal de municiones, en causa RUC 2200589333-3. Indica que el inicio de su condena fue el 16 de junio de 2022, siendo su fecha de término el 17 de junio de 2025, con tiempo mínimo para el beneficio de libertad condicional el 17 de diciembre de 2023. Registra en los últimos seis bimestres de permanencia en el recinto penal, muy buena conducta. Sostiene que el acto es ilegal pues no se ha dado cumplimiento respecto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional ni a la Ley N°19.880 de bases de los Procedimientos Administrativos. Señala que se aprecia que la Comisión ha referido aspectos negativos. Sin embargo no basta con ello, sino que se debe fundar adecuadamente el por qué esos aspectos llevan a inclinarse por el cumplimiento del saldo de la pena privado de libertad y no bajo un plan de intervención bajo libertad condicional, no obstando que existan áreas a intervenir, estando incorporado en el beneficio el elemento de supervisión y tratamiento a fin de trabajar los aspectos negativos pero en un ambiente de libertad, siendo en definitiva dicha libertad el escenario más propicio para la resocialización del sujeto. Asevera que el amparado registra mediano compromiso delictual, sin registrar sanción disciplinaria, se encuentra matriculado para nivelar

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, claramente existen factores de riesgo conductuales que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por acreditados avances significativos en su proceso de reinserción social. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones- conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución recurrida.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo deducido en favor de Cristopher Andrés Mendoza Jara, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2365-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio 15: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Karen Andrea Godoy Schmied, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone recurso de amparo en favor de Cristopher Andrés Mendoza Jara, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contr

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