JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

MP C/ OSVALDO ENRIQUE FARIAS CORREA

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: I.- Que, en cuanto a los presupuestos de la medida cautelar decretada por el juez a quo, efectivamente no se pude considerar que ellos han cambiado por el sólo transcurso del tiempo, resultando insuficiente el contrato de trabajo exhibido en la audiencia pertinente, como fundamento para imponer una medida de menor intensidad, compartiendo, en lo esencial, los argumentos de la resolución en alzada, en este aspecto. II.- Que, referente a la imposición de costas a la defensa por haber perdido el incidente deducido, se estima que tuvo motivo plausible para litigar, por haber exhibido en la audiencia los antecedentes que estimaba pertinentes para modificar la cautelar que pesa sobre su defendido, sin que se aprecie en dicho ejercicio un actuar abusivo o contrario a derecho. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, sólo en cuanto condenó en costas a la defensa, y en su lugar se declara que se le exime de ellas. Se confirma en todo lo demás la resolución apelada de veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, dictada en la causa RIT 1375-2023, por el Juzgado Garantía de Graneros. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1384-2024 Penal.

Fallo

se declara que se le exime de ellas. Se confirma en todo lo demás la resolución apelada de veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, dictada en la causa RIT 1375-2023, por el Juzgado Garantía de Graneros. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1384-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: I.- Que, en cuanto a los presupuestos de la medida cautelar decretada por el juez a quo, efectivamente no se pude considerar que ellos han cambiado por el sólo transcurso del tiempo, resultando insuficiente el contrato de trabajo exhibido en la audiencia pertinente, como fundamento para imponer una medida de menor inte

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