MP C/ ANGELO ANDRES GUTIERREZ MOLL
Rol
Fecha
3 de septiembre de 2024
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se han conocido; alegaciones de los intervinientes, considerándose que, si bien existen referencias que dan cuenta de la existencia de los delitos que se investigan, como también de la concurrencia de elementos que permiten presumir fundadamente la participación de autor del imputado en ellos, aparece que en esta etapa del proceso existen otras medidas cautelares personales como la decretada la cual garantiza suficientemente los fines del procedimiento, el éxito de las diligencias de investigación, el aseguramiento de su comparecencia a los actos del mismo y a la tutela adecuada de la integridad de los ofendidos; y, conforme lo disponen, además, los artículos 122, 139, 140, 143 y 155 del Código Procesal Penal y Ley 20.066, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro, por la cual no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva del imputado ANGELO ANDRÉS GUTIÉRREZ MOLL. Acordada la resolución anterior con la prevención del Señor Ministro Titular don Luis Moisés Aedo Mora, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada, pero imponiendo respecto del imputado las medidas cautelares adicionales que contempla el artículo 155, letras a) y d), del Código Procesal Penal, esto es, de arresto domiciliario total y arraigo nacional, respectivamente. Acordada, a su vez, la resolución con el voto en contra de la Señora Ministra Titular doña Natalia Marcela Rencoret Oliva quien fue del parecer de revocar la resolución impugnada e imponer la prisión preventiva del encartado en razón de los antecedentes hasta ahora existentes, de los que concluye que aparecen indicios suficientes para dar por concurrentes los tipos penales por los cuales se formalizó la investigación, la participación del encartado y la necesidad de cautela por lo que resulta proporcionada la medida cautelar de mayor intensidad. Regístrese y devuélvase. Rol N° 334-2024 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se han conocido; alegaciones de los intervinientes, considerándose que, si bien existen referencias que dan cuenta de la existencia de los delitos que se investigan, como también de la concurrencia de elementos que permiten presumir fundadamente la participación de autor del imputado en
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