2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

PAINEMAL/SÁNCHEZ

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2024

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constando en la carpeta digital que las partes con fecha 16 de agosto del presente año presentaron un avenimiento, el que fue aprobado por el Juez A Quo con fecha 19 de agosto, encontrándose la causa actualmente terminada, por lo que se torna inoficioso revisar los recursos de apelación deducidos en la presente causa, por cuanto han perdido oportunidad, se declara que SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto de los recursos de apelación deducidos por los abogados don Juan Carlos Tapia Araya y don Marco Antonio Cárdenas Illanes, en contra de la sentencia de fecha doce de julio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 40 en el cuaderno principal. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1358-2024 (pvb).

Fallo

se declara que SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto de los recursos de apelación deducidos por los abogados don Juan Carlos Tapia Araya y don Marco Antonio Cárdenas Illanes, en contra de la sentencia de fecha doce de julio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 40 en el cuaderno principal. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1358-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constando en la carpeta digital que las partes con fecha 16 de agosto del presente año presentaron un avenimiento, el que fue aprobado por el Juez A Quo con fecha 19 de agosto, encontrándose la causa actualmente terminada, por lo que se torna inoficioso revisar los recursos de apelaci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica