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DÍAZ/JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2024

Materia

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Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece la Defensoría Penal Pública, deduciendo recurso de amparo en favor de Jorge Alejandro Carmona Ibáñez, en contra de la resolución del 22 de agosto de 2024 dictada en causa RIT 2409-2019, RUC 1900249939-0 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, que no dio lugar a la solicitud de prescripción parcial de la pena. En cuanto a los hechos, el amparado fue condenado el 31 de marzo de 2020 a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación en grado de desarrollo consumado, perpetrado el 06 de marzo de 2019. Con fecha 22 de agosto de 2024 se realizó audiencia de la Ley 18.216, para conocer dos solicitudes: la revocación de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, y la solicitud de media prescripción de la defensa. En esa oportunidad el tribunal revocó la pena sustitutiva y no dio lugar a la solicitud planteada por la defensa. En cuanto a la media prescripción del artículo 103 del Código Penal, argumenta que tratándose de un simple delito, su prescripción es de cinco años de conformidad al artículo 97 del Código Penal, por tanto, la medida prescripción, se cumplía a los dos años y seis meses contados desde la sentencia condenatoria impuesta en la causa RIT 2409-2019. Indica que si bien el amparado posteriormente fue condenado en la causa RIT 151-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, a la pena de 10 años y 1 día, por delito de robo con intimidación ocurrido el 23 de noviembre de 2021, esta condena fue impuesta tres años y tres meses después de la sentencia del Juzgado de Garantía de Valparaíso de marzo 2020. En ese sentido, la defensa entiende que ha transcurrido con creces el plazo de media prescripción y que la interrupción producida es posterior al cumplimi

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, mediante este recurso se solicita se deje sin efecto la resolución de fecha veintidós de agosto del presente año dictada en causa RIT 2409-2019, RUC 1900249939-0 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, y se acoja la solicitud de la defensa declarando la media prescripción de la pena, de conformidad al artículo 103 del Código Penal y, en definitiva, se rebaje la condena del amparado en dos grados o lo que el Tribunal estime. Tercero: Que, del mérito de autos, consta que el amparado, en la causa cuya prescripción se solicita, fue condenado con fecha 31 de marzo de 2020 a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales, por su responsabilidad en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación perpetrado el 06 de marzo de 2019. Posteriormente, con fecha 14 de junio de 2023, el amparado fue nuevamente condenado, en causa RIT 151-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y accesorias legales, por el delito de robo con intimidación cometido el 23 de noviembre de 2021. Cuarto: Que, en cuanto a la prescripción de la pena, el artículo 98 del Código Penal señala “El tiempo de la prescripción comenzará a correr desde la fecha de la sentencia de término o desde el quebrantamiento de la condena, si hubiere ésta principiado a cumplirse”. Por su parte, el artículo 99, del mismo cuerpo legal, relativo a la interrupción de la prescripción indica: “Esta prescripción se interrumpe quedando sin efecto el tiempo trascurrido, cuando el condenado durante ella, cometiere nuevamente crimen o simple delito, sin perjuicio de que comience a correr otra vez”. Quinto: Que, la decisión impugnada se basa en la normativa antes referida y los hechos de la causa, toda vez que el amparado durante el cumplimiento de la primera condena impuesta cometió un nuevo crimen o simple delito, lo que genera la interrupción de la prescripción anotada por el tribunal a quo. Sexto: Que, en consecuencia, habiendo sido dictada la resolución recurrida por juez competente, dentro de la esfera de sus atribuciones y otorgando fundamentos suficientes de lo resuelto, no se avizora ilegalidad alguna que haga procedente su reclamación por esta vía cautelar.

Fallo

por tanto, la medida prescripción, se cumplía a los dos años y seis meses contados desde la sentencia condenatoria impuesta en la causa RIT 2409-2019. Indica que si bien el amparado posteriormente fue condenado en la causa RIT 151-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, a la pena de 10 años y 1 día, por delito de robo con intimidación ocurrido el 23 de noviembre de 2021, esta condena fue impuesta tres años y tres meses después de la sentencia del Juzgado de Garantía de Valparaíso de marzo 2020. En ese sentido, la defensa entiende que ha transcurrido con creces el plazo de media prescripción y que la interrupción producida es posterior al cumplimiento de dicho periodo. Solicita, en definitiva, que se acoja el presente recurso y la solicitud de media prescripción aplicando lo señalado en el artículo 103 del Código Penal y en consecuencia, se considere la pena impuesta como revestida de dos o más atenuantes muy calificadas y ninguna agravante, rebajándola en al menos dos grados o lo que SSI. estime, con los abonos que le correspondan de privación de libertad y cumplimiento proporcional de pena sustitutiva. A folio 5, evacúa informe don Fernando Vergara Racapé, Juez de Garantía de Valparaíso. Indica que en la causa RIT 2409-2019, donde se solicitó la media prescripción por la defensa, se dictó sentencia el 31 de marzo de 2020, condenando al amparado a la pena de pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, con sus accesorias legales, por hech

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece la Defensoría Penal Pública, deduciendo recurso de amparo en favor de Jorge Alejandro Carmona Ibáñez, en contra de la resolución del 22 de agosto de 2024 dictada en causa RIT 2409-2019, RUC 1900249939-0 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, que no dio lugar a la solicitud de prescripción

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