JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ JAVIER ESTEBAN AGUAYO CARO

Rol

Fecha

31 de agosto de 2024

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: 1°) Que el Ministerio Público se alza en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Talcahuano que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado Javier Esteban Aguayo Caro por la de arresto domiciliario en su modalidad total. El imputado se encuentra sujeto a prisión preventiva desde su formalización, el 3 de junio pasado, por la falta de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 n°5 del Código Penal y los delitos de violación de morada del artículo 144 del Código Penal, daños del artículo 487 del Código Penal; amenazas simples contra personas y propiedades, del artículo 296, número 3 del Código Penal; tenencia ilegal de munición, del artículo 9 en relación al 2 letra c) de la ley 17.798 y porte de arma blanca del artículo 288 del Código Penal. 2°) Que, no han variado las circunstancias tenidas en consideración cuando el 11 de junio pasado, esta Corte confirmara la prisión preventiva del imputado, concurriendo varias de las circunstancias objetivas descritas en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal para estimar que constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y especialmente, para las víctimas. En efecto, en primer lugar es preciso atender a las circunstancias de comisión de los delitos y la falta por los que fue formalizado, a saber, el día 3 de junio de 2024, a las 04:00 horas aproximadamente, intercepta a la víctima a quien agrede con golpes de pie y puño en diferentes partes del cuerpo, huyendo la víctima hacia su domicilio, siendo seguido por el imputado, con el objetivo de seguir agrediéndolo; frente a la intervención de su madre, el imputado desiste y se va del lugar. Luego, el mismo día y a las 8 de la mañana aproximadamente, regresa nuevamente al domicilio de la víctima, ahora provisto de un hacha en sus manos, con la que la amenaza de muerte y a todo su grupo familiar, ingresa al domicilio sin autorización; y una vez en su interior, daña con el hacha una motocicleta. C

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintinueve de agosto pasado, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Javier Esteban Aguayo Caro por la de arresto domiciliario total, decidiéndose, en su lugar que se mantiene dicha medida solicitada por el Ministerio Público. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Nancy Bluck Bahamondes quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes en esta audiencia quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en ella, sin perjuicio de ello se dispone su notificación. N°Penal-1615-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción HGV/rtp Concepción, treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y OÍDO: 1°) Que el Ministerio Público se alza en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Talcahuano que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado Javier Esteban Aguayo Caro por la de arresto domiciliario en su modalidad total. El imputado se encuentra sujeto a prisió

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