MP C/ EDUARD JOSE MATOS RAMIREZ Y OTROS
Rol
Fecha
31 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, aparece de manifiesto que el grado de desarrollo del delito de robo en lugar habitado por el cual fueron formalizados los imputados se encuentra en grado de desarrollo tentado, el que a partir de lo dispuesto en el artículo 450 del Código Penal se castiga como consumado y, en consecuencia trae aparejada una pena de crimen, circunstancia que unida al número de delitos formalizados y naturaleza de estos, permiten a esta Corte sostener, que en esta etapa del procedimiento, se encuentra suficientemente justificada tanto la existencia del hecho materia de la formalización de la investigación como la participación de los imputados en él, concurriendo así los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en relación a la letra c) de dicha norma, teniendo en cuenta el carácter de los ilícitos investigados, el número de ellos, la forma de comisión y la pluralidad de hechores, así como la gravedad de la pena asignada a los mismos y los bienes jurídicos que aparecen lesionados, no cabe sino concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y visto, además, lo dispuesto en los artículos 149 y 358 del ya citado Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de agosto de dos mil veinticuatro, en cuanto negó lugar a acceder la medida cautelar solicitada por el ente persecutor y, en su lugar se declara, que se accede a la petición del Ministerio Público decretando la medida de prisión preventiva respecto de los imputados Eduard Jose Matos Ramírez, Cristóbal Andrés Carvajal Cortés y Daniel Antonio Paillalef Pérez. Se instruye a Gendarmería de Chile que adopte las medidas necesarias para resguardar salud del imputado Paillalef, conforme a los antecedes médicos expuestos por su defensa en audiencia. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es
Fallo
se declara, que se accede a la petición del Ministerio Público decretando la medida de prisión preventiva respecto de los imputados Eduard Jose Matos Ramírez, Cristóbal Andrés Carvajal Cortés y Daniel Antonio Paillalef Pérez. Se instruye a Gendarmería de Chile que adopte las medidas necesarias para resguardar salud del imputado Paillalef, conforme a los antecedes médicos expuestos por su defensa en audiencia. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Javier Cancino Lagos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1358-2024 Penal.-
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La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veinticuatro. Siendo las 10:40 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el ministro suplente señor Cristian Álvarez Mercado e integrada por el ministro suplente señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpu
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