XIOMARA ARIAS FRANCO CONTRA GLADIS ALVARADO RUIZ
Rol
Fecha
30 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que la pretensión esgrimida en el recurso de protección excede a la naturaleza y características de esta acción cautelar, no advirtiéndose la existencia de un acto ilegal y/o arbitrario que afecte algunas de las garantías que se reclaman conculcadas de parte de la recurrida y, por tanto, circunstancias que hagan procedente la tutela de urgencia exigida y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Proveyendo a folio 2, Patrocinio y poder: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Como se pide, cúmplase por la unidad de causas. N°Protección-5716-2024.
Fallo
por tanto, circunstancias que hagan procedente la tutela de urgencia exigida y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Proveyendo a folio 2, Patrocinio y poder: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Como se pide, cúmplase por la unidad de causas. N°Protección-5716-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Hog. Certifico: Que el Abogado Integrante, Sr. Saavedra manifiesta que le afecta causal de recusación del artículo 196 N° 4 del Código Orgánico de Tribunales respecto de la Corporación de Asistencia Judicial. Valparaíso, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Sebastián Tapia Astudillo Relator de Cuenta Valparaíso, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Póngase la consta
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