JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PETORCA

QUIROZ/FUENTES

Rol

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

MINAS,PROCED.SUMARIO ART.233 C. MINERA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1° Que, en concepto de esta Corte, a la parte demandada le asistieron

Fundamentos

motivos plausibles para litigar, por lo que conforme al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil no cabe imponer las costas de la causa. 2° Que, en cuanto a la pretensión subsidiaria del demandado, requerida en su recurso y sustentada en el artículo 98 del Código de Minería, una vez ejecutoriado el fallo, tendrá derecho a corregir el acta y el plano de mensura de la pertenencia. 3° Que, las restantes alegaciones contenidas en el escrito de apelación no logran desvirtuar lo que viene decidido.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Se revoca la sentencia en alzada de siete de febrero de dos mil veintitrés, escrita a folio 76, en cuanto por ella se condenó en costas al demandado, decidiendo en cambio que queda eximido de dicha carga procesal. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese, notifíquese y devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N°Civil-1088-2023. En Valparaíso, treinta de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1° Que, en concepto de esta Corte, a la parte demandada le asistieron motivos plausibles para litigar, por lo que conforme al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil no cabe imponer las costas de la causa. 2° Que, en cuanto a la pretens

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