SIN INFORMACION

PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, comparece don Emmanuel Bien-Aime, en favor de don Berson Pierre, de nacionalidad haitiana, domiciliado para estos efectos en Los Notros 983, comuna de Chillán, interponiendo acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no emitir la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo, aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva, vulnerando con ello, la garantía prevista en el artículo 19 N° 2 de nuestra Carta Fundamental. Señala que, don Berson Pierre ingresó al país en calidad de turista, cambiando luego su situación migratoria a residente temporario. Luego, con fecha 10 de julio de 2023, solicita el beneficio migratorio de residencia definitiva, N° de solicitud: 56296912. Plantea que, en virtud de la demora del servicio recurrido, el recurrente se encuentra limitado, no logrando acceder a trámites laborales, bancarios, médicos entre otros, que normalmente le exigen presentar su cédula de identidad. En cuanto al derecho, hace referencia a lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, que consagran el principio de celeridad y economía procedimental. A lo anterior añade las etapas del trámite de residencia definitiva a la luz de la Circular N° 12 del Servicio recurrido, y destaca que, todo acto que no sea la resolución de la solicitud presentada no es un acto terminal y no satisface las exigencias legales, incurriendo la recurrida en una infracción en la omisión denunciada. En este sentido cita y transcribe en lo pertinente el pronunciamiento de la causa rol 247.942-2023 de la Excma. Corte Suprema. Finaliza, solicitando a esta Corte acoger la presente acción de protección ordenando a la recurrida a que se pronuncie sobre la solicitud de residencia definitiva del actor dentro de un plazo no superior a treinta días

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la excelentísima Corte Suprema, sobre la materia, se resuelve, que se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Emmanuel Bien-Aime, en favor de don Berson Pierre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que dicha recurrida deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de residencia definitiva N°56296912 presentada por la recurrente con fecha 10 de julio de 2023, dentro del plazo de noventa días corridos contados desde la notificación de esta sentencia. Notifíquese. Redacción del ministro Sr. Guillermo Arcos Salinas. No firma la ministra señora Pezoa ni el abogado señor Ortega, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente haciendo uso de permiso la primera y no haber integrado hoy el segundo. Rol 829-2024-Protección.

Texto Completo (Preview)

Chillán, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que, comparece don Emmanuel Bien-Aime, en favor de don Berson Pierre, de nacionalidad haitiana, domiciliado para estos efectos en Los Notros 983, comuna de Chillán, interponiendo acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no emitir la resolución que ponga fin al

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