3º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INMOBILIARIA PANEL CUATRO LIMITADA/LEÓN - (LTE) - * (ACUM. I.C. N°6982-2024)

Rol

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción del motivo undécimo que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que la parte demandante en el petitorio del libelo pretensor no solicitó que las demandadas fueran condenadas al pago de rentas adeudadas, razón por la cual no formaron parte de la controversia conocido por el juez a quo, debiendo enmendarse en tal sentido el fallo apelado. 2°) Que el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil dispone que “[l]a parte que sea vencida totalmente en un juicio o en un incidente, será condenada al pago de las costas […]”. En ese contexto, el sentenciador no infringe el principio de congruencia procesal al imponer su condena, aun cuando no se haya solicitado expresamente por el actor. Atendido el mérito de autos, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C- 508-2023, con declaración que no se hace lugar al pago de las rentas insolutas ni las que se devengaron hasta el abandono de la propiedad, toda vez que no han sido solicitadas. En lo demás, se confirma la sentencia en alzada. Regístrese y comuníquese. Rol Corte Nro. 6281-2024 (Civil), acumulado Rol Corte Nro. 6982-2024 (Civil)

Fallo

fallo apelado. 2°) Que el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil dispone que “[l]a parte que sea vencida totalmente en un juicio o en un incidente, será condenada al pago de las costas […]”. En ese contexto, el sentenciador no infringe el principio de congruencia procesal al imponer su condena, aun cuando no se haya solicitado expresamente por el actor. Atendido el mérito de autos, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C- 508-2023, con declaración que no se hace lugar al pago de las rentas insolutas ni las que se devengaron hasta el abandono de la propiedad, toda vez que no han sido solicitadas. En lo demás, se confirma la sentencia en alzada. Regístrese y comuníquese. Rol Corte Nro. 6281-2024 (Civil), acumulado Rol Corte Nro. 6982-2024 (Civil)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción del motivo undécimo que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que la parte demandante en el petitorio del libelo pretensor no solicitó que las demandadas fueran condenadas al pago de rentas adeudadas, razón por la cual no formaron parte de la controv

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