CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ MARCO ANTONIO ENRIQUEZ-OMINAMI GUMUCIO.
Rol
76109-2021
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
RECHAZA RECURSO DE NULIDAD (M)
Hechos
Vistos: El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en causa RIT N° 169-2020 y RUC N°1600371491-1, por sentencia de veinte de septiembre de dos mil veintiuno, se condenó a Cristian Warner Villagrán a la pena de dos años de presidio menor en su medio, multa de 20 Unidades Tributarias Anuales y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4, inciso final, del Código Tributario La defensa del acusado dedujo recurso de nulidad contra dicha sentencia, el que fue admitido a tramitación, celebrándose la audiencia para su conocimiento el día 23 de septiembre pasado. Y
Fundamentos
Considerando: 1°) Que el recurso se funda, de manera principal, en la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por infracción infracción al debido proceso, al derecho a contrastar la prueba de cargo y el derecho de defensa, ya que el Ministerio Público en el juicio oral incorporó prueba documental que contiene las declaraciones de diversas personas interrogadas durante la investigación administrativa del Servicio de Impuestos Internos, pero que no concurren a declarar en el juicio oral, sino que son reseñadas por los funcionarios de ese Servicio y, por ende, aquellas personas no pueden ser contra examinados por la defensa. Asimismo respecto de la información incorporada por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile. Solicita la nulidad del juicio y la sentencia, y la realización de un nuevo juicio oral, del cual se excluya la prueba que indica; 2°) Que, en subsidio de la anterior, interpone la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración del debido proceso, la presunción de inocencia y la imparcialidad del Tribunal, porque al momento de valorar la prueba y decidir la condena del acusado recurrente, se consideran facturas que no fueron parte de la acusación, como prueba de contexto. Pide la nulidad del juicio y el
Fallo
fallo recurrido, y la celebración de un nuevo juicio oral sin la prueba que indica; 3°) Que en subsidio de las anteriores, deduce la causal de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, acusando la errónea aplicación del artículo 97 N°4, inciso 5°, Código Tributario, porque no se establece el dolo directo que requiere dicha figura ni se demuestra que la facilitación de facturas haya tenido por objeto que se cometiera por el receptor de los documentos alguno de los delitos tipificados en los incisos anteriores del mismo numeral, lo que constituye un elemento subjetivo adicional de dicha figura. Pide por esta causal que se anule únicamente la sentencia que condenó a Warner Villagrán y, sin nueva audiencia, se dicte sentencia de reemplazo absolutoria en su favor; 4°) Que la sentencia recurrida tuvo por demostrados los siguientes hechos: “Constructora OAS SA Agencia Chile, Rut n° 59.136.310-7, es una sociedad constituida en Chile, que dio aviso de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos el 17 de enero de 2008, con giro en “obras de ingeniería”. La actividad empresarial declarada por la referida sociedad se encuentra gravada con el Impuesto de Primera Categoría, según lo establecido en el artículo 20 de la Ley sobre Impuestos a la Renta. Asimismo, OAS Agencia Chile, de conformidad a los artículos 65 y 69 del referido cuerpo normativo se encuentra obligada a presentar una declaración jurada de sus rentas durante el mes de abril de cada año tributario. Por su parte, Cono Sur Research SPA, Rut N° 76.216.326-8, es una sociedad de propiedad y representada legalmente por el acusado Cristián Warner Villagrán, que en su calidad de contribuyente del Impuesto a las Ventas y Servicios e Impuesto a la Renta, emite facturas afectas o exentas de IVA por los bienes que vende o los servicios que presta. Dicha sociedad se constituyó por escritura pública de 8 de junio de 2012, siendo su constituyente don Sergio Andrés Novoa y su representante legal don Cristian Warner Villagrán, quien trabajó a su vez en los años 2012 y 2013 como parte de la campaña presidencial Marco Enríquez Ominami. Asimismo, se pudo determinar del proceso de recopilación de antecedentes realizado por el Servicio de Impuestos Internos y de la investigación desarrollada por el Ministerio Público, que durante los periodos comerciales de enero y febrero de 2013, el acusado, Cristián Warner Villagrán, actuando en su calidad de representante legal de la sociedad Cono Sur Research SPA, facilitó 2 facturas falsas, por servicios que jamás se prestaron, por un monto total de $59.071.000, a la sociedad Constructora OAS S.A Agencia Chile, quien utilizó dichos documentos tributarios con el propósito de rebajar artificiosamente el Impuesto de Primera Categoría que debía declarar en el Formulario N° 22, sobre Impuestos Anuales a la Renta, Folio N° 234101304, correspondiente al año tributario 2014, y evadir el Impuesto Único establecido en el artículo 21 de la Ley sobre Im
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7 Santiago, dos de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en causa RIT N° 169-2020 y RUC N°1600371491-1, por sentencia de veinte de septiembre de dos mil veintiuno, se condenó a Cristian Warner Villagrán a la pena de dos años de presidio menor en su medio, multa de 20 Unidades Tributarias Anuales y a la accesoria de suspensión de cargo u
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