CORPORACION EDUCACIONAL PARVUS/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
30 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Corporación Educacional Parvus, sostenedora del Jardín Infantil del mismo nombre, interpone recurso de reclamación judicial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°20.529, en contra de la Resolución Exenta N°000607, de 30 de mayo de 2024, de la Superintendencia de Educación, que rechazó el recurso de reclamación administrativo interpuesto en contra de la Resolución Exenta N°2022/PA/04/168, de 27 de septiembre de 2022, que aprobó el procedimiento administrativo y aplicó por el cargo formulado la sanción de multa a beneficio fiscal de 54 Unidades tributarias Mensuales, la que no podrá ser inferior al 5% ni superior al 50% de la subvención mensual por alumno matriculado. Sostiene que el proceso administrativo se inició mediante Acta de Fiscalización N°220400287, de 30 de mayo de 2022 y que mediante la Resolución Exenta N°2022/PA/04/027, de 13 de julio del mismo año, dictado por la fiscal instructora se formuló el siguiente cargo: “CARGO ÚNICO. SOSTENEDOR VULNERA DERECHOS AL APLICAR PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE ACCIDENTES DE PARVULOS NO AJUSTADOS A LA NORMATIVA EDUCACIONAL VIGENTE. Los hechos fácticos específicos que sustentan el único cargo imputado son: a) El establecimiento educacional vulneró los derechos del párvulo al aplicar un Protocolo de actuación de accidentes escolares no ajustado a la normativa, no respetándose su integridad física, psíquica y/o moral y el desarrollo integral del párvulo al momento del accidente; b) No informar de manera inmediata a los padres y apoderados del accidente escolar de su hijo, vulnerándose el derecho de información de estos; y c) No otorgar copia de la declaración de accidente escolar con el objeto que los padres puedan hacer uso del beneficio del seguro de accidentes escolares”. Refiere que la Resolución Exenta N°2022/PA/04/168, de 27 de septiembre de 2022, de la Superintendencia de Educación de la Región de Coquimbo, aprobó el proceso administrativo y aplicó por el cargo formulado la sanción de multa a beneficio fiscal de 54 Unidades tributarias Mensuales, la que no podrá ser inferior al 5% ni superior al 50% de la subvención mensual por alumno matriculado. Señala que el acto recurrido rechazó el recurso de reclamación administrativo y ordenó ejecutar la sanción impuesta, esgrimiendo como fundamento del rechazo los mismos argumentos de la pieza de cargo, esto es, que pese a lo informado por la Directora del establecimiento, no se puede dar por subsanada la observación, debido a que los bienes jurídicos asociados ya se vieron afectados, poniendo en riesgo la integridad física, psíquica, moral y/o el desarrollo integral del párvulo al momento del accidente. Opone como primera defensa el decaimiento del proceso administrativo, el que trae aparejado su extinción y pérdida de eficacia al constatarse el transcurso de un tiempo excesivo por parte de la Administración para la declaración de responsabilidad y la consecuente decisión de la imposición de una sanció
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Corporación Educacional Parvus Superintendencia de Educación Recurso de reclamación Rol N°28-2024 Contencioso Administrativo La Serena, treinta de agosto de dos mil veinticuatro.-. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Corporación Educacional Parvus, sostenedora del Jardín Infantil del mismo nombre, interpone recurso de reclamación judicial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 85 de la
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