JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO / CESAR ANTONIO SILVA OLIVARES

Rol

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, de veintitrés de agosto último, que mantuvo la prisión preventiva de César Antonio Silva Olivares, fundada en que constan nuevos antecedentes que hacen variar las circunstancias tomadas en consideración al momento de decretar la medida cautelar, referido a la declaración de la víctima. Agrega que, goza de irreprochable conducta anterior, existiendo, además, un informe social que da cuenta del arraigo social y familiar del encartado. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, teniendo presente que se investigan tres hechos acontecidos en un muy breve espacio de tiempo, ilícitos cometidos en contra de la conviviente del imputado, sin que hayan variado los antecedentes considerados por esta Corte al momento de decretar la prisión preventiva. 3°.- Que, conforme a los antecedentes aportados por los intervinientes, en concepto de esta Corte, no concurren antecedentes sustanciales que hagan variar las circunstancias consideradas al momento de decretar la prisión preventiva, debiendo tenerse especialmente en consideración el número de delitos imputados, el contexto de los mismos y las penas asignadas. En cuanto a la declaración de la víctima invocada por la defensa de Silva Olivares, esta no desmiente la ocurrencia de los hechos por los que se ha formalizado, apareciendo más bien una justificación en relación a los

Fundamentos

motivos por los que estos se producen. Se debe tener presente, además, que, como señaló el Ministerio Publico, el imputado mantiene dos investigaciones vigentes, por hechos similares, en contra de una víctima distinta.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 122, 140 y 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintitrés de agosto último. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Arcos, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada, y sustituir la prisión preventiva por el arresto domiciliario total, atendido lo expuesto por la defensa. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-790-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillán, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, de veintitrés de agosto último, que mantuvo la prisión preventiva de César Antonio Silva Olivares, fundada en que constan nuevos antecedentes que hacen variar las circunstancias tomadas en consideración al momento de decretar la

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