FUNDACIÓN BEATO HERMANO SALOMÓN/CRUCES
Rol
Fecha
29 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que, el abogado Alexander Parada Tell, deduce incidente de recusación formal en contra del Juez del Juzgado de Letras de Talca Jaime Álvaro Cruces Neira, en el juicio Rit T-71-2024, fundada en haber prejuzgado el asunto, al haber conocido los antecedentes de la causa Rit T-24-2020, argumentando que, por este hecho, el Magistrado ha anticipado su juicio sobre la materia que debía decidir, ha externalizado su juicio acerca del asunto, configurándose la causal del artículo 196 número 10 del Código Orgánico de Tribunales. 2°) Que, el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, establece una triple obligación para el Tribunal que ha de conocer el incidente de recusación planteado. En primer lugar, ha de analizar si la causal alegada es o no legal; luego si los hechos expuestos la constituyen; para finalmente establecer si estos se encuentra debidamente especificados, instancia en la cual ha de realizar un pronunciamiento de mérito. 3°) Que, en la especie, la solicitud planteada por el incidentista no configura el presupuesto fáctico en que se funda la causal de recusación invocada, pues dicho precepto exige, para que se configure tal inhabilidad, que el juez hubiere dado a conocer su decisión sobre la cuestión materia del juicio –de cualquier modo- y que lo hubiere hecho teniendo noticia de la controversia. Es decir, es necesario que haya hecho un pronunciamiento en el proceso de que se trata, con los elementos propios de él. En la especie, tales requisitos no concurren, toda vez que en la intervención del juez en el juicio Rit T-71-2024, no existe ninguna manifestación en aquel sentido. La recusación se funda en lo que resolvió en otra causa, en la Rit T-24-2020, situación que escapa a lo requerido por la ley para configurar el motivo del décimo numeral del artículo antes citado. Y atendido lo ya razonado, y visto lo dispuesto en los artículos 196 N° 10, del Código de Orgánico de Tribunales, 119 y siguientes del Código de Procedimiento
Fallo
se declara INADMISIBLE el incidente de recusación planteado respecto del juez del Juzgado del Trabajo de Talca, don Jaime cruces Neira. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Laboral - Cobranza-495-2024. acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°) Que, el abogado Alexander Parada Tell, deduce incidente de recusación formal en contra del Juez del Juzgado de Letras de Talca Jaime Álvaro Cruces Neira, en el juicio Rit T-71-2024, fundada en haber prejuzgado el asunto, al haber conocido los antecedentes de la causa Rit T-24-2020, argumentando que,
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