SIN INFORMACION

DORLEANS, RENEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 15 de julio de 2024, comparece EMMANUEL BIEN-AIME, Habilitado en Derecho, Nacionalidad haitiana en favor de RENEL DORLEANS, nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut 26.193.214-8, domiciliado para este efecto en Guillermo Reyes #129, Vicuña e interpone recurso de protección en contra del del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, RUT N°62.000.920-2, servicio público, representado por su Director Nacional don Luis Thayer Correa, jefe de servicio del mismo servicio, se desconoce RUT, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, en contra de la POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, RUT N° 60.506.000-5, servicio público, representado por su Director General don Sergio Antonio Muñoz Yáñez, domiciliado en General Mackenna Nº 1370, Santiago; y, en contra de la SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR, RUT N° 60.501.000-8, servicio público, representado por su subsecretario don Manuel Zacarías Monsalve Benavides, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Erasmo Escala 2154, Santiago; por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de Nacionalización, pedida por el recurrente y que eso equivale a privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria el derecho garantizado en el artículo 19 en su numeral 2 de la Constitución Política de la República. Expone que, con fecha 02 de agosto de 2023, el recurrente solicitó Carta de Nacionalización a través de la página web de trámites migratorios del Departamento de Extranjería y Migración, adjuntando todos los documentos necesarios y vigentes para darle continuidad a este proceso, quedando registrada bajo el número 65863971. Sin embargo, señala que a la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre por su actual estado en el territorio nacional. Indica que la falta de respuesta por parte del Servicio de Migraciones vulnera su derecho a la igualdad ante la ley del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política, en relación con otros interesados que han obtenido una respuesta en un plazo menor. A su vez, destaca lo dispuesto en los artículos 4, 11, 14 y 27 de la Ley Nº19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en particular lo concerniente al principio de celeridad, conclusivo, economía procedimental y de inexcusabilidad, los que igualmente estarían siendo infringidos por la recurrida. Por lo anterior, solicita tener por interpuesto recurso de protección en favor de don RENEL DORLEANS, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, acogerla a tramitación y, en definitiva, ordenar a dichos organismos (sic) que emitan el pronunciamiento que en Derecho corresponda respecto de la solicitud de nacionalización presentada en un plazo no superior a 60 días corridos o el que esta

Fallo

por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la mentada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. A mayor abundamiento, la duración del procedimiento es evidentemente excesivo, toda vez que si bien es de público conocimiento que numerosos trámites administrativos se vieron dilatados por la emergencia sanitaria que afectó a la sociedad, es preciso constatar que durante los años 2022 y 2023 la situación sanitaria se normalizó y los servicios estatales han desarrollado sus funciones cada vez con menores restricciones, de forma tal que no aparece justificado la extensión que ha tenido la tramitación de la solicitud del actor, todo lo que transforma en arbitrario el proceder del Servicio en comento, por lo que a su respecto de acogerá el recurso como se dirá en lo resolutivo del fallo. DÉCIMO TERCERO: Que, respecto de los recurridos Policía de Investigaciones de Chile y Subsecretaria del Interior, atendido el mérito de los antecedentes, no habiendo culminado la

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Dorleans, Renel Servicio Nacional de Migraciones y otros Recurso de Protección Rol N°1304-2024.- La Serena, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 15 de julio de 2024, comparece EMMANUEL BIEN-AIME, Habilitado en Derecho, Nacionalidad haitiana en favor de RENEL DORLEANS, nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut 26.193.214-

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