SANTIBÁÑEZ/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS SA
Rol
Fecha
29 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Javiera Gaete Juacida, abogada, en representación de doña Laura Aurora Santibáñez Ferrer, interponiendo recurso de protección en contra de ISAPRE Colmena Golden Cross S.A, por el acto ilegal y arbitrario en el alza en un 2,4% el precio base del plan de salud de la recurrente, así como agregar al precio del plan un alza extraordinaria de 0,06 UF por cada beneficiario mayor de 2 años de edad y menor de 65 años, no justificado, vulnerando con ello los derechos fundamentales de propiedad y protección a la salud garantizados en el artículo 19 N° 24 y N° 9 de la Constitución Política de la República. Expone la recurrente que la ISAPRE COLMENA envió una carta de comunicación de alza por adecuación para el período 2024, que se hará efectiva en la remuneración de marzo de 2024. Agrega que los antecedentes presentados en la comunicación mencionada resultan insuficientes por ser información genérica, incompleta y utilizada de manera interesada por la parte recurrida. Sostiene que no hay ninguna razón válida que respalde el incremento de precio propuesto por la ISAPRE, y más bien corresponde a la modificación unilateral del contrato. Señala que esto constituye un ejercicio abusivo de la facultad que emana del inciso 3° del artículo 38 de la Ley 18.933 (texto refundido en DFL 1, Salud, de 2005, artículo 197, inciso 3°), que permite el reajuste anual del precio base. Por lo demás, esta facultad resulta excepcional frente a la regla general establecida en el artículo 1545 del Código Civil y, por consiguiente, solo puede ser aplicada por la ISAPRE en forma restringida. Argumenta que ante el reajuste anual de la ISAPRE, el afiliado tiene cuatro opciones, las que son perjudiciales para los derechos del afiliado: 1) Aceptar expresa o tácitamente el alza; 2) Aceptar el plan de salud alternativo ofrecido por la ISAPRE; 3) Optar por un nuevo plan de salud recomendado en la actual ISAPRE; o 4) Poner fin al contrato de salud. Agr
Fallo
fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, no se condenará a la recurrente al pago de éstas. Por estas consideraciones y, también, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional deducida en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección-11871-2024. En Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Javiera Gaete Juacida, abogada, en representación de doña Laura Aurora Santibáñez Ferrer, interponiendo recurso de protección en contra de ISAPRE Colmena Golden Cross S.A, por el acto ilegal y arbitrario en el alza en un 2,4% el precio base del plan de salud de la recu
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