2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INVERSIONES EL CAJAMARQUINO LTDA. (AJI SECO CAJAMARQUINO)/ZÁRATE

Rol

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO, INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución dictada en la de fecha veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Regístrese y comuníquese. N°Civil-13855-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución dictada en la de fecha veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Regístrese y comuníquese. N°Civil-13855-2024.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación

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