Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

FUENTES/MANTENIMIENTO Y SERVICIOS BUSES HUALPEN SPA

Rol

C-510-2022

Fecha

28 de marzo de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, con fecha 27 de octubre de 2022, comparece Waldo Fernández Nome en representación de la ejecutada Mantenimiento y Servicios Buses Hualpén Limitada, solicitando tener por convalidado el despido del actor, ya que con fecha 24 de octubre de 2022 se remitió al actor de autos don Felipe Alejandro Fuentes Toledo, carta certificada en que se acompañan los comprobantes de cotizaciones previsionales a cuyo pago su representada fue condenada, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 162 del Código del Trabajo 2°.- Que, conferido traslado a la ejecutante, éste fue evacuado el día 8 de noviembre de 2022 solicitando su rechazo, con expresa condena en costas, por cuanto la ejecutada no ha declarado y pagado las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía del ejecutante, desde la fecha del despido hasta la fecha de la supuesta convalidación que alega la ejecutada, solamente ha entregado antecedentes sobre pago de cotizaciones previsionales, omitiendo pago sobre cotizaciones de salud y no ha remitido por correo certificado, al domicilio consignado en el contrato de trabajo del ejecutante, la correspondiente carta de convalidación del despido, en que informe del pago efectivo de las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía, esto último debido a que el certificado de Correos de Chile acompañado por la contraria, indica que la carta fue enviada a la dirección Avenida Andalue N°1231, Comuna de San Pedro de la Paz. Sin embargo, el domicilio del trabajador según el contrato, y donde debió ser enviada la carta es Avenida Andalue N°2736, Comuna de San Pedro de La Paz. Hace presente que, la convalidación del despido es un instituto procesal que se configura, siempre y cuando se cumplan dos condiciones, que son copulativas: 1. El pago de las cotizaciones adeudadas con anterioridad del despido; y, 2. La remisión de la correspondiente carta certificada al domicilio del trabajador en que se adjunten los comprobantes que acrediten

Fundamentos

considerando octavo del

Fallo

fallo en ejecución establece que las cotizaciones adeudadas deberán declararse y pagarse en AFP Capital y AFC Chile según lo señalado en la demanda. De la cotización de salud previene que se señala que está afiliado en Isapre MásVida, pero en oficio de dicha institución se informó que el demandante no se encuentra vigente como cotizante en esa institución desde el 1 de julio. Por ello, a falta de información dispone su entero en Fonasa. 5º.- Que, atento lo dispuesto en el artículo 162 inciso 6° del Código del Trabajo, el empleador para proceder a la convalidación del despido debía pagar sólo las imposiciones morosas del trabajador y comunicarles dicho pago. Conforme, además, a cierta jurisprudencia, debía efectuar dicha comunicación a los ejecutantes mediante carta certificada. 6°.- Que, la prueba acompañada por la ejecutada consistente en: a) Carta certificada enviada al actor y fechada el 24 de octubre de 2022, con copia de los certificados de pago de cotizaciones previsionales consistentes en comprobante de pago de las cotizaciones previsionales, fondo de pensiones, seguro de cesantía, APVI, APVC y afiliado voluntario, N° de Folio 2008202210017534 y 2008202210017536, emitidos por PREVIRED, como el Certificado emanado de AFP Capital, de los periodos de febrero y abril de 2021, pagados ambos el día 20 de octubre de 2022; y b) Formulario de admisión en Correos de Chile de la referida carta certificada con boleta emitida por Correos de Chile emitida el 24 de octubre de 2022;

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente los incidentes de convalidación de despido y objeción de liquidación promovidos por la ejecutada a lo principal de sus presentaciones de 27 de octubre de 2022: Visto: 1°.- Que, con fecha 27 de octubre de 2022, comparece Waldo Fernández Nome e

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