SIN INFORMACION

SANJUANELO RIVERA / MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA Y OTROS

Rol

Fecha

28 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, interpuso recurso de protección en favor de doña a Katherine Sanjuanelo Rivera, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa; y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado la su Ministra, doña Carolina Montserrat Tohá Morales; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de nacionalización formulada el 10 de junio de 2022, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a las recurridas pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, evacua el informe respectivo, solicitando el rechazo de la acción constitucional por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente mantiene residencia definitiva en el país desde el 8 de junio de 2018; que el 10 de junio de 2022 solicitó carta de nacionalización; y que, el 30 de noviembre de 2023, se remitieron los antecedentes a la Subsecretaría del Interior y Seguridad Pública, sugiriendo un pronunciamiento favorable a la solicitud presentada. Explica que la carta de nacionalización es una gracia que se concede en razón del mérito de quien la solicita, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, los que detalla, además, es una atribución del Presidente de la República y el decreto de concesión de carta de nacionalización es firmado, por delegación, por el

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se declara que: I.- Se rechaza la excepción de incompetencia opuesta por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. II.- Se rechaza el recurso respecto del Servicio Nacional de Migraciones. III.- Se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Katherine Sanjuanelo Rivera, sólo en cuanto el Ministerio del Interior deberá emitir el pronunciamiento que le corresponde, dentro del plazo de sesenta días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4043-2024 Protección PAGE 3

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, interpuso recurso de protección en favor de doña a Katherine Sanjuanelo Rivera, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa; y el Ministerio del Interior y Seguridad

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