ANONIMIZADO
Rol
Fecha
27 de agosto de 2024
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Atendido el claro tenor del artículo 4° de Ley N°14.908, el recurso de apelación planteado por la parte demandada no resulta procedente de la manera que ha sido interpuesto, por lo que solo cabe a esta Corte su rechazo por improcedente. Por estas consideraciones, se rechaza, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto el veintidós de julio del año en curso en contra de resolución de dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Concepción, en los autos RIT C- 1941-2024. Devuélvase. N°Familia-759-2024.
Fallo
Por estas consideraciones, se rechaza, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto el veintidós de julio del año en curso en contra de resolución de dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Concepción, en los autos RIT C- 1941-2024. Devuélvase. N°Familia-759-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/shp Concepción, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el claro tenor del artículo 4° de Ley N°14.908, el recurso de apelación planteado por la parte demandada no resulta procedente de la manera que ha sido interpuesto, por lo que solo cabe a esta Corte su rechazo por improcedente. Por estas consideraciones, se rechaza, por improcedente, el recurso de
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