MP C/ JUAN RAMÓN GODOY MUÑOZ
Rol
Fecha
27 de agosto de 2024
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso: 1.- Que, el abogado Sr. César Zamorano Quitral, por la querellante Ilustre Municipalidad de Rancagua, dedujo recurso de apelación en contra de la decisión de 30 de julio del año en curso, en cuanto dispuso que los intereses del municipio deben ser representados exclusivamente por el Consejo de Defensa del Estado, de conformidad con el inciso final del artículo 6 inciso final de su ley orgánica, sin perjuicio de que el ente edilicio pueda actuar como tercero coadyuvante. 2.- Que, en cuanto a la admisibilidad de dicho recurso, cabe tener presente que si bien la resolución impugnada no pone término al procedimiento, sí hace imposible que el municipio pueda seguir actuando de manera autónoma como querellante en la causa, lo que hace razonable entender que se torna imposible para dicha parte la prosecución del procedimiento en los términos que lo hacía con anterioridad a la misma, configurándose así una de las hipótesis recursivas previstas en el artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal. II.- En cuanto al fondo: 3.- Que, tal como se dijo precedentemente, la resolución impugnada determinó, en síntesis, que la representación de la Municipalidad de Rancagua en la presente causa sólo puede efectuada por el Consejo de Defensa del Estado, de conformidad a la norma antes citada. 4.- Que, al respecto, cabe precisar que en estos autos, el Consejo de Defensa del Estado dedujo querella con fecha 19 de marzo de 2024, por los delitos de cohecho y fraude al Fisco, en contra del imputado Godoy Muñoz, por los hechos ilícitos cometidos durante su gestión como alcalde de esta ciudad y que afectaron tanto el patrimonio de la “Cormun” como del municipio, querella que fue ampliada con fecha 30 de julio de 2024, dirigida en contra de otros tres imputados. 5.- Que, si bien la querella presentada por la municipalidad a folio 584, con fecha 8 de julio de 2024, fue declarada admisible por resolución de 9 de julio de 2024, ello no im
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que, se rechaza la alegación de inadmisibilidad del recurso planteada por las defensas. II.- Que, se confirma, en lo apelado, la resolución de treinta de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 1106-2023. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1283-2024.Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso: 1.- Que, el abogado Sr. César Zamorano Quitral, por la querellante Ilustre Municipalidad de Rancagua, dedujo recurso de apelación en contra de la decisión de 30 de julio del año en curso, en cuanto dispuso que los intereses del municipio deben ser representados exclusiva
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