LUIS GÁLVEZ GUTIERREZ CON MARTA RUBIO ZAMORA Y OTROS
Rol
28804-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel que confirmó la de primera instancia que rechazó la objeción de informe pericial que formuló. Segundo: Que con arreglo al artículo 767 de la recopilación procedimental, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra fallos definitivos inapelables e interlocutorios inapelables cuando ponen término al litigio o tornan imposible su prosecución, pronunciados por Cortes de Apelaciones o por un tribunal arbitral de segunda instancia, en los casos que indica. Tercero: Que como la resolución impugnada carece de la naturaleza jurídica señalada, el recurso no puede prosperar y será declarado inadmisible. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido contra la resolución de treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N°28.804-2022
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido contra la resolución de treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N°28.804-2022
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel que confirmó la de primera instancia que rechazó la objeción de informe pericial que
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